Resolución N° 436 - Letra:D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor17 de Marzo de 2023
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2022
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 53
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 17 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES
DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - GUILLERMO CARLOS
ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
ANEXO
Decreto N° 208
Córdoba, 28 de febrero de 2023
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.867, cúmplase, protocolícese, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JULIÁN MARIA LÓPEZ, MINISTRO DE
GOBIERNO Y SEGURIDAD - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 436 - Letra:D
Córdoba, 29 de diciembre de 2022
VISTO: El expediente Nº 0025-083606/2022, en que se propicia realizar
adecuaciones al Presupuesto General de la Administración Pública Provin-
cial, en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que, atento la percepción de ciertos recursos, al 21 de diciembre próxi-
mo pasado, que informa la Dirección de Jurisdicción de la Subsecreta-
ría de Tesorería General y Crédito Público, y de acuerdo a lo prevenido y
postulado por la Subsecretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones
Públicas, deviene necesario y conveniente en este estadio incrementar el
Cálculo de Ingresos y Erogaciones, por la suma de pesos cincuenta mil
setecientos dos millones ochenta y cuatro mil ($ 50.702.084.000) y modi-
car las asignaciones de Recursos Financieros, siempre del Presupuesto
General de la Administración Pública Provincial, en vigencia.
Que la novedad proyectada encuadra en los artículos 31, 37 y 110 de
la Ley Nº 9086, texto reglamentado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subse-
cretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y lo dictaminado
por el Área Legales de la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales de
este Ministerio, al Nº 2022/D-00000461, y los términos de la Resolución
Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º INCREMENTAR el cálculo de Ingresos y el total de Eroga-
ciones y MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros, siempre del
Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, en vigencia, de
conformidad con el detalle analítico expuesto en “Planilla Anexa I” y en “Planilla
Anexa II” que, como anexo, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Subsecretaría
de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas, a la Contaduría General
de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la
Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
RESOLUCION MINISTERIAL DIGITAL N° 2022/D-00000436
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020
ANEXO
Resolución N° 440 - Letra:D
Córdoba, 29 de diciembre de 2022
VISTO: El expediente Nº 0165-185961/2022, en que se propicia realizar
adecuaciones del Presupuesto General de la Administración Publica Pro-
vincial, en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que, la señora Ministra de Coordinación y el señor Secretario de Am-
biente, propician adecuar los créditos presupuestarios de los programas
569 “Fondo de Protección Ambiental Provincial (FOPAP) – Ley 10.208” de
la Jurisdicción 1.03 Ministerio de Coordinación y 556 “Ambiente – Recursos
Afectados” de la Jurisdicción 1.09 Secretaría de Ambiente, ello debido a que
se recaudaron mayores ingresos que los originalmente presupuestados.
Que, por tal motivo, deviene necesario y conveniente en este estadio,
incrementar el cálculo de Ingresos y el total de Erogaciones?del Presu-
puesto General de la Administración Pública Provincial, en vigencia, por la
suma de pesos trece millones seiscientos sesenta mil ($ 13.660.000,00).
Que, de acuerdo al artículo 15 de la Ley N° 9086, los créditos presu-
puestarios – en cuanto recursos afectados a gastos especícos - podrán
utilizarse en la medida que los recursos previstos sean recaudados y, a su
vez, solo se podrán ejecutar gastos hasta el límite de los ingresos disponi-
bles de los recursos especícos destinados a nanciarlos.
Que la novedad proyectada encuadra en los artículos 31, 37 y 110 in
ne de la Ley Nº 9.086, texto reglamentado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subse-
cretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y lo dictaminado

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