Resolución N° 433 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 28 de Diciembre de 2021 |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS |
Fecha de la disposición | 21 de Diciembre de 2021 |
MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 268
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 433 ................................................................Pag. 1
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Cronograma de Pagos .........................................................Pag. 2
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 21 ..................................................................Pag. 2
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N° 202 ................................................................Pag. 4
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CÓRDOBA
Resolución N° 81 - Letra:F ...................................................Pag. 4
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 433
Córdoba, 21 de diciembre de 2021
Expediente Nº 0620-001432/2021.-
VISTO: este expediente en el que constan las actuaciones relacionadas
con la contratación de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE RAMPAS, REACON-
DICIONAMIENTO DE BAÑOS Y COCINA Y REPARACIONES VARIAS EN
LA ESCUELA “RICARDO GUIRALDES” – LOCALIDAD DE CÓRDOBA
– DEPARTAMENTO CAPITAL – PROVINCIA DE CÓRDOBA – Programa
Aurora”.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos nota del señor Secretario de Gestión Administrativa
del Ministerio de Educación instando el presente trámite a los nes de la
autorización correspondiente para la ejecución de la obra de referencia, de
conformidad a las previsiones del Decreto Nº 180/2008.
Que se ha agregado en autos documentación técnica compuesta por:
Memoria Descriptiva, Cómputo General, Presupuestos Detallados, Plan
de Avance y Curva de Inversión, Factores de Costo, Análisis de Precios,
Pliego de Especicaciones Técnicas Particulares y Planimetría, todos sus-
criptos por la Jefatura de Área Técnica de la Dirección General de Infraes-
tructura Escolar del Ministerio de Educación.
Que de la documentación incorporada en autos surge que el Presu-
puesto Ocial asciende a la suma de $ 9.197.527,82, calculado al mes de
octubre 2021 y que el plazo total de ejecución de obra es de ciento cin-
cuenta (150) días.
Que, mediante informe técnico, el Secretario de Arquitectura, junto a la
Directora General de Proyectos y la Jefatura de Área Gestión Administrati-
va, otorgan visto bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo
que el proyecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista técnico,
manifestando que puede servir de base para la contratación de los trabajos
propiciados.
Que habiendo tomado intervención el Área de Estudio de Costos de la
Secretaría de Arquitectura, evalúa el presupuesto de obra, informando que
el mismo “…no presenta variaciones signicativas a los valores que esta
Área maneja”.
Que obra en autos informe dominial elaborado por la Dirección de Ju-
risdicción de Administración de la Secretaría de Gestión Administrativa del
Ministerio de Educación en el que maniesta que el inmueble con Nomina-
ción Catastral Nº 11-01-01-01-31-009-004-000, “…está afectada al Ministerio
de Educación de la Provincia de Córdoba”.
Que conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº 180/2008,
el Ministerio de Educación deberá respetar las disposiciones de la Ley de
Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10417
y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en
relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la
presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública a los
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo
- del Anexo I del Decreto N° 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 544/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a
las disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por Ley Nº 10417, De-
cretos Reglamentarios Nº 4757/77, Nº 4758/77 y Decreto N° 1419/2017 y
modicatorios, entiende que atento que la obra supera el índice trescientos
(300) resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual se apruebe
la ejecución de la misma, como también maniesta expresamente que se
deberá dar cumplimiento a la precitada normativa a lo largo de todo el
procedimiento, en especial a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº
1419/2017.
Que, asimismo, la mencionada asesoría jurídica advierte que sin per-
juicio del informe dominial obrante en autos, la repartición de origen deberá
acreditar los extremos legales necesarios para dar cumplimiento a lo dis-
puesto del artículo 3º de la Ley Nº 8614.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
544/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
a la obra: “CONSTRUCCIÓN DE RAMPAS, REACONDICIONAMIENTO
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