Resolución N° 433 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
Fecha de la disposición | 6 de Diciembre de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
4
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 238
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 401
Córdoba, 14 de noviembre de 2017.-
VISTO: El expediente Nº 0027-067137/2017, por el que se propicia la for-
malización de compensaciones de Recursos Financieros asignados por el
Presupuesto General de la Administración Provincial Ejercicio 2017 - Ley
Nº 10.410.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 150/04 y sus modicatorios se faculta a los titula-
res de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Cen-
tral a autorizar las modicaciones presupuestarias compensadas entre los
créditos asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos,
fuentes de nanciamiento, plazos, alcance y todo otro concepto que corres-
ponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Pú-
blicas, a los nes de reejar las modicaciones que se dispongan durante
su ejecución.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas
modicaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que en el mes de octubre de 2017 este Ministerio autorizó las Com-
pensaciones N° 132 a N° 149 y N° 152 correspondientes a la Jurisdicción
1.15- Ministerio de Finanzas- y N° 14 a N° 17 de la Jurisdicción 1.70- Gas-
tos Generales de la Administración- conforme con el Reporte SUAF Docu-
mento de Autorización de Modicación de Crédito Presupuestario suscripto
por la Directora General de Coordinación Operativa de este Ministerio.
Que las modicaciones efectuadas encuadran en las disposiciones
legales vigentes, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 31 y 110 in
ne de la Ley Nº 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dictami-
nado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 749/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º FORMALIZAR las compensaciones de Recursos Finan-
cieros del Presupuesto General de la Administración Provincial, correspon-
dientes al mes de octubre de 2017 detalladas en el Reporte SUAF Docu-
mento de Autorización de Modicación de Crédito Presupuestario suscripto
por la Directora General de Coordinación Operativa de este Ministerio, el
que como Anexo I con tres (3) fojas útiles, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, comuníquese a Contaduría General de la Provincia, a
la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas y a la Legisla-
tura, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO. LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO: https://goo.gl/n4goCg
Resolución N° 433
Córdoba, 6 de diciembre de 2017
VISTO: El expediente Nº 0025-067295/2017 en que la Dirección General
de Presupuesto e Inversiones Públicas propicia ajustes en la distribución
de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General en vi-
gencia de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que se produjeron transferencias adicionales a las previstas en el Pre-
supuesto General en vigencia de la Administración Provincial por parte de
la Lotería de Córdoba S.E. a las jurisdicciones 1.05 “Secretaría de Equidad
y Promoción del Empleo”; 1.40 “Ministerio de Justicia y Derechos Huma-
nos”; 1.65 “Ministerio de Desarrollo Social” y 4.50 “Defensoría de los Dere-
chos de Niñas, Niños y Adolescentes”.
Que resulta necesario recticar el Presupuesto incrementando el cál-
culo de ingresos y erogaciones de las jurisdicciones intervinientes.
Que por el Artículo 14 de la Ley N° 10.410 se jan los porcentajes de
distribución de utilidades por parte de la Lotería de Córdoba S. E. a las
diferentes jurisdicciones que nancia.
Que la utilización de los créditos presupuestarios incrementados por la
presente, está limitada a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley N° 9086,
en el que se determina que sólo se pueden comprometer las obligaciones
hasta el límite de la percepción efectiva de los recursos afectados.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales
vigentes, de acuerdo con los artículos 31, 37 y 110 in ne de la Ley Nº
9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable respecto de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Di-
rección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al N° 789/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º INCREMENTAR el Cálculo de los Ingresos y el total de
las Erogaciones del Presupuesto General en vigencia de la Administración
Provincial de conformidad con el detalle analítico incluido en los Documen-
tos Modicación de Crédito Presupuestario (Recticaciones) N° 73 ,89, 90
y 91 de la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes,
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Desarrollo Social
y Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo respectivamente, los que
como Anexo I con ocho (8) fojas útiles forman parte integrante de la pre-
sente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas, a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: SERGIO BUSSO, MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
ANEXO: https://goo.gl/tCcfPw
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba