Resolución N° 433 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 225
CORDOBA, (R.A.), LUNES 14 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la
igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con
equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 0297/16 y su Anexo I, emanada de la citada
Dirección General, se ha dispuesto -ad referendum de la superioridad- la
desanexación del servicio en cuestión y la asignación de los cargos de Di-
rector de Tercera (Enseñanza Media) y Secretario de Tercera (Enseñanza
Media) del Presupuesto General de la Provincia en vigencia, necesarios
para su funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servi-
cio educativo desarrollará sus actividades en un edicio propio construido
para tal n.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a
la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura,
debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal me-
dida en esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6º de la Ley Nº 9870
y los artículos 62 y 63 de la Constitución Provincial.
Por ello, la normativa citada, lo establecido por el artículo 11° inc. i) del
Decreto - Ley N° 846/E/63, el Dictamen N° 1075/16 del Área Jurídica de
este Ministerio, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N°
556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- CREAR el Instituto Provincial de Educación Media N° 399 en
Pozo de Molle -Departamento Río Segundo- bajo la órbita de la Dirección
General de Educación Secundaria y sobre la base de divisiones de ese
nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de
Educación Media N° 275 “COLEGIO NACIONAL DE VILLA MARÍA de Villa
María.
Art. 2°. El servicio educativo creado por el artículo 1° de este instru-
mento legal será Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en un
edicio construido para tal n.
Art. 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 435
Córdoba, 9 de noviembre de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0493-020866/2016 por el que se tramita la ampliación
transitoria del Fondo Permanente “A” –GASTOS GENERALES-, del Minis-
terio de Justicia y Derechos Humanos.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo faculta la Resolución Ministerial N° 341/09, la Secre-
taría de Administración Financiera autorizó la ampliación transitoria solici-
tada para dicho Fondo Permanente mediante Memorandum N° 023/16.
Que lo actuado debe ser raticado a nivel ministerial, previo a la rendi-
ción de cuentas.
Que no existe objeción técnica a lo actuado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto en el Artículo
1° de la Resolución Ministerial N° 341/09, lo informado por la Dirección
General de Tesorería y Crédito Público a fs. 12 y de acuerdo con lo dictami-
nado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 805/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º RATIFICAR la ampliación transitoria por PESOS CINCO
MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 5.500.000) del Fondo Permanente “A”
GASTOS GENERALES-, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
autorizada mediante Memorandum N° 023/16 de la Secretaría de Adminis-
tración Financiera, el que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte
integrante de la presente Resolución y materializada mediante Documento
Único de Ejecución de Erogaciones Nº 1 – Intervención Nº 24 – Ejercicio
2016, emitido por la Dirección de Jurisdicción de Administración del Minis-
terio de Justicia y Derechos Humanos que como Anexo II con una (1) foja
útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Ge-
neral de Tesorería y Crédito Público y a la Dirección de Jurisdicción de
Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO: https://goo.gl/q9OGmj
Resolución N° 433
Córdoba, 9 de noviembre de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0425-165039/2007, por el que se propicia la amplia-
ción del Fondo Permanente “N” –U.G.S.P. PLAN NACER CÓRDOBA- del
Ministerio de Salud, creado por Resolución N° 221/07 y modicado por sus
similares N° 123/10 y 364/11 todas de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que la Cuenta Recaudadora del Fondo Permanente citado tiene un
saldo que se considera suciente para aprobar la ampliación propiciada,
teniendo en cuenta que prácticamente la totalidad del programa presu-
puestario se ejecuta a través del mismo.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-

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