Resolución Nº 2/2013

Fecha de disposición09 Abril 2013
Fecha de publicación15 Abril 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 9/4/2013

VISTO el Expediente CUDAP:EXP-JGM:0032976/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y su reglamento aprobado por Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus normas modificatorias; los Decretos Nros. 2219 del 6 de julio de 1971 y su modificatorio, 984 del 27 de julio de 2009 y sus modificatorios, 1145 del 31 de agosto de 2009, 14 de fecha 11 de enero de 2011 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 617 de fecha 1° de septiembre de 2010 y 19 del 2 de febrero de 2012 y su modificatoria, la Resolución JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 85 del 5 de marzo del año 2012, las Resoluciones de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA Nros. 3 de fecha 4 de febrero de 2011 y 38 de fecha 14 de noviembre de 2011; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 984/09 y sus modificatorios se establecieron los criterios para la realización y contratación de las campañas institucionales de publicidad y de comunicación, así como el correspondiente servicio publicitario creativo, arte y producción gráfica y audiovisual que realice la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, el Banco de la Nación Argentina y sus empresas vinculadas, y los demás organismos comprendidos en el artículo 8° de la Ley Nº 24.156, cualquiera fuera su fuente de financiamiento.

Que conforme surge del citado decreto los organismos o entidades referidos deben encomendar la realización de las campañas institucionales de publicidad y de comunicación a la entonces SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, hoy SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, quien las efectivizará a través de la agencia TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que por el Decreto Nº 14/11 se estableció que la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta la autoridad de aplicación de lo dispuesto en el Decreto Nº 984/09, y se encomendó a esta SECRETARIA el dictado de las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias para su ejecución e implementación.

Que, en tal sentido, por la Resolución de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA Nº 3/11 se aprobaron las normas para la realización de las campañas institucionales de publicidad y de comunicación pública.

Que por el Decreto Nº 1145/09 se facultó a la ex SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, actual SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA, para que acuerde con los titulares de medios de comunicación, la cancelación de sus deudas fiscales y previsionales correspondientes a obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2008, incluidos sus intereses resarcitorios y punitorios, mediante la dación en pago de espacios publicitarios en la programación de las emisoras o en sus publicaciones.

Que, por su parte, a través de la Decisión Administrativa Nº 617/10 se dispuso el procedimiento a adoptar para el caso que las necesidades de comunicación institucional y de difusión de los actos de gobierno que fija el PODER EJECUTIVO NACIONAL y se canalizan por intermedio de la Agencia TELAM S.E. impliquen contratar espacios de publicidad en medios de comunicación que hayan adherido al régimen de dación en pago instituido por el mencionado decreto.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA Nº 38/11, se aprobaron las normas procedimentales de efectivización de las campañas institucionales de publicidad y de comunicación en el marco del mencionado Decreto Nº 1145/09 y se conformó la UNIDAD DE GESTION DEL DECRETO Nº 1145/09, en el ámbito de esta Secretaría, encomendándose sus funciones a la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA.

Que por el Decreto Nº 22/11 se modificó la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre las que se encuentra la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA, mientras que por las Decisiones Administrativas Nº 19/11 y Nº 552/12 se aprobó la estructura organizativa con nivel inferior a Subsecretaría.

Que en atención a las distintas normativas que comportan el...

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