Resolución N° 431

EmisorDirección general de educación técnica y formación profesional
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 94
CORDOBA, (R.A.) LUNES 21 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese y
archívese.-
FDO: RAÚL GIGENA, PRESIDENTE - CARLOS RICHARTE AGUIAR, VICEPRESI-
DENTE - GUSTAVO ALIAGA, VOCAL - GRACIELA FONTANESI, VOCAL - WALTER
VILLARREAL - VOCAL
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN
TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución N° 431
Córdoba, 17 de mayo de 2018.-
VISTO: La necesidad de proceder a la cobertura de cargos de Inspector,
con carácter titular en el ámbito de esta Dirección General de Educación
Técnica y Formación Profesional, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N°
10237 y su Decreto Reglamentario N° 930/15; y
CONSIDERANDO: Que existen en el ámbito de esta Dirección General
dos (2) cargos de Inspector que deben declararse vacantes,
Que conforme lo dispone la Ley N° 10237, en su Art. 10°, una vez declarada
la vacancia, esta Dirección General procede a efectuar el llamado a Con-
curso de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura en carácter
de TITULAR de los cargos de Inspector, en un todo de acuerdo con lo
previsto en los Artículos 25°, 27°, 61° cc. y ss. del Decreto Ley 214/E/63 y
sus modicatorias.
Que en cumplimiento del Art. 8° del Decreto N° 930/15, la Convocatoria
a Concurso deberá ser publicada por el término de cinco (5) días en la
Página Web del Gobierno de la Provincia, Boletín Ocial, en la Sede la Di-
rección General de Educación Técnica y Formación Profesional, en la sede
de la Junta de Clasicación, en la Comisión Permanente de Concursos y
en las Inspecciones para conocimiento del personal de todos los centros
educativos dependientes de esta Dirección General;
Que, en virtud de la normativa vigente, se habilita la postulación de los
Inspectores a los que se les ha declarado la vacancia para el presente
concurso.
Que en el Art. 9° del Decreto N° 930/15 se prevé un término de cinco (5)
días para la inscripción de los aspirantes en el Concurso, a partir de la
última publicación de la convocatoria, la que deberá efectuarse ante la
Comisión Permanente de Concursos, en el domicilio jado en la presente
Resolución;
Que la designación de los miembros del Jurado, titulares y suplentes, será
por Resolución del Ministerio de Educación, con antelación al inicio del
período de inscripción, tal como lo establece el Art. 29° del Decreto N°
930/15, reglamentario de la Ley 10237;
Que las pruebas de oposición previstas en el Art. 25° del Decreto Ley
214/E/63, se implementarán de acuerdo con la Reglamentación de Con-
cursos establecida en el Decreto N° 930/15 y Resolución Ministerial N°
1475/16.
Por todo ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
R E S U E L V E
Art. 1º.- DECLARAR “ad referéndum” del Ministerio de Educación, la va-
cancia de dos (2) cargos de Inspector dependientes de esta Dirección Ge-
neral de Educación Técnica y Formación Profesional; los que se detallan
en el Anexo I que, compuesto por un (1) folio, forma parte del presente
instrumento legal.-
Art. 2º.- CONVOCAR a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición
para cubrir dos (2) cargos vacantes de Inspector de Enseñanza Media que
se encuentran detallados en el Anexo I, teniendo lugar la inscripción de
aspirantes en el período comprendido entre el 29 de mayo de 2018 y el 04
de junio de 2018 inclusive, ante la Comisión Permanente de Concursos.-
Art.3°.- Podrán acceder al concurso previsto en el Art. 2° ut supra, para
la ZONA V, todos aquellos docentes que ejerzan CARGO DE DIRECTOR
Titular o Interino dependiente de esta Dirección General, que reúnan los
requisitos establecidos en el Art. 14 de la Ley 10.237 (modicatorio del Art.
61 Decreto Ley 214-E-63) y que a la fecha se desempeñen en el Nivel
Secundario de la modalidad Técnica, revistando en situación de servicio
activo en establecimientos dependientes de la misma zona de inspección
a concursar y no se encuentren incursos en las causales de inhabilitación
previstas en el Art. 11° del Decreto N° 930/15.
Art. 4º.- Podrán acceder al concurso previsto en el Art. 2° ut supra, para la
ZONA XIII, todos aquellos docentes que ejerzan CARGO DE DIRECTOR
Titular o Interino dependiente de esta Dirección General, que reúnan los
requisitos establecidos en el Art. 14 de la Ley 10.237 (modicatorio del Art.
61 Decreto Ley 214-E-63) y que a la fecha se desempeñen en el Nivel
Secundario de la modalidad Técnica, revistando en situación de servicio
activo en establecimientos dependientes de cualquier zona de inspección
de esta Dirección General y no se encuentren incursos en las causales de
inhabilitación previstas en el Art. 11° del Decreto N° 930/15.
Art. 5°.- Los aspirantes deberán inscribirse ante la Comisión Permanente
de Concursos que funciona en calle Salta 74 - 1° Piso - B° Centro de la
Ciudad de Córdoba, de 9:00 a 17:00 horas, munidos de la siguiente docu-
mentación: Formulario de Inscripción, D.N.I. (original y copia); Constancia
de Servicios (original y actualizada), Régimen de Incompatibilidad (original
y actualizado), Certicado de no inscripción en el Registro Provincial de
Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (Ley 9.680)
(original y copia). Anexo III (Fuera de la Carpeta) de la presente resolución.
Art. 6°.- Los aspirantes deberán presentar su legajo docente al momento
de la inscripción ante la Junta de Clasicación, la que se constituirá en
el mismo domicilio de inscripción, conteniendo documentación de antece-
dentes que consideren pertinente, a los efectos del Concurso, según Anexo
III (Dentro de la carpeta) de la presente resolución.
Aquellos aspirantes que participaron de Convocatorias anteriores de Car-
gos Directivos o de Inspectores no deberán presentar nueva carpeta de an-
tecedentes. Sólo presentarán original y copia del o los índices intervenidos

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