Resolución N° 43/AVJG/22
Fecha de disposición | 18 Abril 2022 |
Fecha de publicación | 18 Abril 2022 |
Número de Gaceta | Resolución N° 43/AVJG/22 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 43/AVJG/22
Buenos Aires, 11 de abril de 2022
VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto Nº 1.202/05 y
sus modificatorios Nº 798/06, Nº 1.090/08, N° 33/20, N° 83/22, la Resolución N° 183-
MJGGC/22, el Acta de Negociación Colectiva N° 06/15, el Expediente Electrónico N°
07804925-DGTALAVJG/22;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347) reglamenta la relación laboral
de los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 9°, inciso n), de la mentada Ley reconoce a los trabajadores de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el derecho a la percepción de compensaciones en
carácter de servicios extraordinarios en los casos y condiciones que determine la
reglamentación;
Que, por su parte, por el Decreto N° 1.202/05 se reglamentaron los servicios y las
prestaciones extraordinarias que deben ser cumplidos por los agentes
gubernamentales, cuyo desarrollo exceda sus jornadas normales de labor, los que
serán reconocidos y liquidados bajo la modalidad y concepto de Unidades Retributivas
por Servicios Extraordinarios (URSE) de carácter remunerativo;
Que, asimismo, por el artículo 1° del Decreto N° 798/06, modificatorio del artículo 6°
del mencionado Decreto N° 1.202/05, se estableció que la autorización para habilitar
prestaciones remuneradas mediante el presente sistema será dispuesta, según la
dependencia de la repartición involucrada, por el Ministro o funcionario con nivel o
rango equivalente, o por el Secretario correspondiente, no pudiéndose exceder el tope
por agente de doscientas setenta y cinco (275) URSE anuales cuando éstas sean
realizadas en días hábiles, o de ciento treinta y siete (137) URSE anuales cuando se
realicen en días inhábiles;
Que el Acta de Negociación Colectiva N° 06/15 suscripta entre el Consejo Social Para
la Negociación Colectiva y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad
de Buenos Aires establece la incorporación de los incisos n) y p) del artículo 9° de la
Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347), como derechos del personal que se
encuentra revistando en la Planta Transitoria instrumentada mediante Acta de
Negociación Colectiva N° 06/14, dejando constancia que podrá percibir Unidades
Retributivas por Servicios Extraordinarios;
Que, por el expediente citado en el Visto, se solicitó se autorice la prestación de
servicios extraordinarios para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de
diciembre de 2022, para el personal perteneciente a diversas dependencias de la
Vicejefatura de Gobierno con fundamento en razones de servicio, atento a las tareas
de carácter indispensable asignadas a las reparticiones que la integran y el caudal de
las labores atribuidas, de modo de dar cumplimiento oportuno con las aludidas
funciones;
Que, la Dirección General Planificación y Control Operativo del Ministerio de Hacienda
y Finanzas ha tomado la intervención de su competencia informado que la valorización
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6358 - 18/04/2022
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