Resolución Nº 43 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 137
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 15 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
la presente está limitado a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley de
Administración Financiera, en el que se determina que solo se pueden
comprometer las obligaciones hasta el límite de la percepción efectiva de
los recursos afectados.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales
vigentes, de acuerdo con los artículos 31, 37 y 110 in ne de la Ley Nº
9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área
Legales de este Ministerio al N° 376/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º MODIFICAR el cálculo de las asignaciones de Recursos
Financieros previsto en el Presupuesto General de la Administración Pro-
vincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en Do-
cumento Modicación de Crédito Presupuestario Nº 23 (Recticación) del
Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales el que como Anexo I
con una (1) foja útil forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º ADECUAR el Plan de Inversiones Públicas previsto en el
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de con-
formidad con el detalle analítico incluido en el Anexo II el que con una (1)
foja útil forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas, a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO: http://goo.gl/FPPGLs
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
Resolución N° 43
Córdoba, 13 de julio de 2016
VISTO: La Ley Nº 10.155 (Régimen de Compras y Contrataciones
de la Administración Pública Provincial) y su Decreto Reglamentario N°
305/2014,
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones es el órgano
rector encargado de regular y controlar el sistema de compras y contrata-
ciones conforme el artículo 30 de la Ley N° 10.155.
Que el procedimiento de subasta electrónica, es una competencia de
precios dinámica efectuada electrónicamente que debe otorgar las mayo-
res garantías posibles a los oferentes y debe desarrollarse en un marco de
seguridad jurídica.
Que es competencia de esta Dirección General determinar los bienes
y/o servicios que pueden contratarse por subasta electrónica conforme
surge del artículo 8.2.1. del Decreto Reglamentario N° 305/2014.
Que en uso de sus facultades, a través de las Resoluciones N°
32/2014, 35/2014, 06/2015, 12/2015, 18/2015, 21/2015, 23/2015, 31/2015,
44/2015, 51/2015, 05/2016, 06/2016, 14/2016, 22/2016, 30/2016, 34/2016 y
39/2016 la Dirección General de Compras y Contrataciones aprobó el nue-
vo catálogo de bienes y servicios de la Administración Pública Provincial y
denió los bienes subastables.
Que siendo la subasta electrónica un procedimiento tendiente a mejo-
rar la calidad de la gestión pública provincial, que procura primar los prin-
cipios de transparencia, sustentabilidad y eciencia, resulta necesario y
oportuno incorporar nuevos bienes y servicios subastables.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministe-
rio de Finanzas mediante Dictamen N° 44 /2016.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° DISPÓNESE que también podrán adquirirse por el proce-
dimiento de selección de subasta electrónica, los bienes que se detallan a
continuación:
Código Nombre
5116170001 ACETILCISTEINA
5110230001 ACICLOVIR
5114150031 ACIDO VALPROICO
5110270038 AGUA BIDESTILADA
5110270040 AGUA DESTILADA
5126108750 AGUA OXIGENADA
5126208596 ALCOHOL EN GEL
4231230015 ALCOHOL ETILICO
4231230014 ALCOHOL IODADO
4231150041 ALGODON
4213160015 AMBO DESCARTABLE
5114160001 AMITRIPTILINA
5126102139 AMOXICILINA + CLAVULANICO
4214150001 APOSITO
5126204588 BARBIJO HEMORREPELENTE DESCARTABLE
5126208607 BATAS DESCARTABLES
5118170001 BETAMETASONA
5126102257 BICARBONATO DE SODIO
4110410012 BOLSA COLECTORA DE ORINA
5126102299 BUDESONIDE
5126208642 CAL SODADA
5126204604 CAMPANA BITUBULADA PARA DRENAJE TORAXICO
4227170009 CANULA MEDICO NASAL
4229350014 CANULAS AORTICAS
4229350013 CANULAS PARA TRAQUEOTOMIA
4229530002 CANULAS QUIRURGICAS DE PERFUSION
5114150013 CARBAMAZEPINA

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