Resolución N° 429 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 213 CÓRDOBA, 5 de Noviembre de 20154
Abril de 2015,de la Entidad Civil denominada
“INSTITUTO INCORPORADO“JOSE MARIA
PAZ”, CUIT N° 30-52959329-1, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la
Personería Jurídica otorgada por Decreto N°
14679 “A” del 24 de Abril de 1945.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro
pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 421 - Letra:A
Córdoba, 15 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119434/2015
mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION CIVIL CASINO DE SUBOFI
CIALES Y GENDARMES DESTACA MENTO
MOVIL TRES COLONIA CAROYA”, con asiento
en la Ciudad de Colonia Caroya, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar
como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de
Asociaciones Civiles, se ha verificado el
cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en
los arts. 148 inc. b), 169, 174 y concordantes
uso de las facultades conferidas por los arts. 2,
10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social
de la Entidad Civil denominada “ASOCIACION
CIVIL CASINO DE SUBOFICIALES Y GEN-
DARMES DESTACAMENTO MOVIL TRES
COLONIA CAROYA”, con asiento en la Ciudad
de Colonia Caroya, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la
misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área
de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 429 - Letra:A
Córdoba, 29 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119902/2015,
mediante el cual la Entidad Civil denominada
“Fundación Jung Córdoba”, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Per-
sona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de
Asociaciones Civiles, se ha verificado el
cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en
los arts. 148 inc. d), 193, 195 y concordantes
del Código Civil y Comercial, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social
de la Entidad Civil denominada “Fundación Jung
Córdoba”, con asiento en la Ciudad de Córdoba
, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la
misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área
de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 424 - Letra:A
Córdoba, 15 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118126/2015
mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION DE CLUBES ARGENTINOS DE
SERVICIO”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta
en Asamblea General Extraordinaria con fecha
25 de Abril de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos,
se estiman cumplidos los requisitos formales,
fiscales, estatutarios y legales con relación a la
Asamblea General Extraordinaria, celebrada
con fecha 25 de Abril de 2015 por la Entidad
Civil denominada “ASOCIACION DE CLUBES
ARGENTINOS DE SERVICIO”, CUIT N° 33-
65673421-9, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se
resolvió la Reforma del Estatuto, modificando el
artículo N° 25, en procura de mejorar el
funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en
el arts.-148 inc. b) –169,174 y concordantes
del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del
Estatuto Social, sancionada en Asamblea Gen-
eral Extraordinaria, celebrada con fecha 25 de
Abril de 2015, modificando el artículo N° 25 de
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION DE
CLUBES ARGENTINOS DE SERVICIO”, CUIT
N° 33-65673421-9, con asiento en la Ciudad
de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la
Personería Jurídica otorgada por Resolución
N° 054 ”A”/85 del 02 de Abril de 1985.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia, vuelva al Área de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro
pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 425 - Letra:A
Córdoba, 15 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-122059/2015
mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION CIVIL DE TRANSPORTISTAS
CEREALEROS DE ONCATIVO”, con asiento
en la Localidad de Oncativo, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar
como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de
Asociaciones Civiles, se ha verificado el
cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en
los arts. 148 inc. b), 169, 174 y concordantes
uso de las facultades conferidas por los arts. 2,
10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social
de la Entidad Civil denominada “ASOCIACION
CIVIL DE TRANSPORTISTAS CEREALEROS
DE ONCATIVO”, con asiento en la Localidad de
Oncativo, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la
misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área
de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 427 - Letra:A
Córdoba, 15 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-121577/2015,
mediante el cual la Entidad Civil denominada
“FUNDACION LUCERO DEL ALBA”, con
asiento en la Localidad de Villa Santa Cruz del
Lago, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de
Asociaciones Civiles, se ha verificado el
cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en
los arts. 148 inc. d), 193, 195 y concordantes
del Código Civil y Comercial, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social
de la Entidad Civil denominada “FUNDACION
LUCERO DEL ALBA”, con asiento en Localidad
de Villa Santa Cruz del Lago, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la
misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área
de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 428 - Letra:A
Córdoba, 29 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-111180/2014
mediante el cual la Entidad Civil denominada
“Asociación Civil Unidos y Solidarios”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar
como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de
Asociaciones Civiles, se ha verificado el
cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en
los arts. 148 inc. b), 169, 174 y concordantes
uso de las facultades conferidas por los arts. 2,
10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social
de la Entidad Civil denominada “Asociación
Civil Unidos y Solidarios”, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la
misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área
de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS

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