Resolución Nº 19/2013

Fecha de disposición13 Febrero 2013
Fecha de publicación14 Marzo 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 13/2/2013

VISTO el Expediente Nº 6.307/2010, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que mediante Resolución Nº 397 de fecha 19 de noviembre de 2008 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se otorgó a la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE WHEELWRIGHT LIMITADA, Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones y registro para los Servicios de Valor Agregado, Videoconferencia, Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional, Telefonía Pública y como Revendedor de Servicios de Telecomunicaciones.

Que el mencionado prestador ha solicitado la asignación de un Código de Identificación de Operador de Larga Distancia.

Que el Plan Fundamental de Numeración Nacional en el Punto III.5 establece la Estructura “PQR” para la identificación de Códigos de Operador de Larga Distancia.

Que la solicitud del operador se encuadra en lo establecido en el referido Plan, Punto VI.5 donde se establecen las pautas para la asignación de los Códigos.

Que la citada cooperativa ha solicitado numeración geográfica para el Servicio de Telefonía Local para ser utilizada en la Localidad de WHEELWRIGHT, provincia de SANTA FE.

Que la cantidad que se prevé asignar ha sido analizada sobre la base de la disponibilidad de numeración existente en la mencionada Localidad y el requerimiento del prestador.

Que la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE WHEELWRIGHT LIMITADA ha solicitado numeración para el servicio de cobro revertido automático (800).

Que el criterio de asignar un bloque de DIEZ MIL (10.000) números al operador, para el servicio mencionado, es adecuado y suficientemente eficiente a los efectos de satisfacer las necesidades del peticionante.

Que han tomado debida intervención las Areas Técnicas específicas de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, y habiendo analizado las cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dichas localidades, los requerimientos del prestador, y la...

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