Resolución Nº 43/GCABA/SSJUS/13
Firmantes | Buján |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Justicia |
Fecha de la disposición | 18 de Febrero de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
RESOLUCIÓN N.° 43/SSJUS/13
Buenos Aires, 18 de febrero de 2013
VISTO:
La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario N° 1.624/00, la Ley N°
4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos N° 660/11 y 23/12, y el
expediente N° 3012186/12, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto, tramita la presentación efectuada por la
escribana Silvina Beatriz Pereira Alvite, por la cual presenta su renuncia al cargo de
adscripta al Registro Notarial N° 371 y la solicitud de su designación como titular del
registro notarial que le corresponde de la calificación obtenida en el concurso de
oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales;
Que atento al orden de vacancia de los registros notariales de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, corresponde se le adjudique a la peticionante el Registro Notarial N°
1210;
Que se encuentra acreditado que la escribana Silvina Beatriz Pereira Alvite ha
obtenido una calificación de 0,60 (cero con sesenta centésimos) puntos por
antecedentes y se le adjudicó el equivalente a 7 (siete) puntos en cada una de las
pruebas de oposición, en virtud de haber acreditado los requisitos establecidos en los
apartados I, II, III y IV del artículo 35 de la Ley Orgánica Notarial, modificada por la Ley
N° 3933, lo que la habilita para solicitar la titularidad de un registro notarial;
Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el
cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen,
considerando que se ha respetado el procedimiento previsto, y no encuentra
objeciones que formular;
Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el
cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente
resolución;
Que la Ley N° 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la
creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y
...
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