Resolución Nº 119/GCABA/AGIP/13

FirmantesWalter
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

RESOLUCIÓN N.° 119/AGIP/13

Buenos Aires, 26 de febrero de 2013

VISTO:

LA LEY N° 2603 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO N° 745/GCABA/08, EL

DECRETO N° 2008/GCABA/03, LAS RESOLUCIONES N°S 138/SECLYT/10 Y

169/SECLYT/10 Y LOS EXPEDIENTES N°S 2053445/11 Y 2379149/12, Y

CONSIDERANDO:

Que la reconstrucción de expedientes, carpetas, registros y oficios judiciales se

encuentra contemplada en el Art. 17 del Anexo del Decreto N° 2008/GCABA/03 y el

Art. 11 del Anexo I de la Resolución N° 138/SECLYT/10;

Que el inciso 1° del artículo 17 del Anexo del Decreto 2008/GCABA/03 establece que

comprobada la pérdida o extravío de un actuado debe ordenarse su reconstrucción por

Resolución emanada de funcionario con nivel no inferior a Subsecretario;

Que el artículo 8 de la Ley N° 2603 reglamentada por el Decreto N° 745/GCABA/08

determina que el Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos tiene rango

equivalente a Subsecretario;

Que si bien mediante Resolución N° 796/AGIP/12 el suscripto dispuso el inicio del

procedimiento de reconstrucción de la Carpeta Interna N° 78.120/DGR/06 la misma no

pudo cumplimentarse toda vez que las áreas intervinientes, a los fines de la

agregación de las pertinentes copias certificadas, manifestaron no poseer

antecedentes de la actuación en cuestión;

Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la debida...

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