Resolución Nº 53/GCABA/ERSP/12

FirmantesFerrali - Amado - Michielotto - García - Rozenberg
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2012

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

RESOLUCIÓN N.° 53/ERSP/12

Buenos Aires, 23 de mayo de 2012

VISTO:

el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, el Pliego de Bases y

Condiciones de la Licitación Pública N° 93/1997, el Reglamento de Procedimientos de

Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución del Directorio N° 28/2001

y su modificatoria N° 51/2002, el Acta de Directorio N° 463 del 21 de noviembre de

2011, el Expediente N° 1260/EURSPCABA/2010, y

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad establece que el Ente Único

Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el

control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya

prestación o fiscalización se realice por la administración central o por terceros para la

defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la

competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se

dicten al respecto;

Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. b) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su

control se encuentra el alumbrado público;

Que, el Art. 3° incs. b), e), j), k) y l) de la Ley N° 210, establece como funciones de este

Ente, entre otras, controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en

todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto a la seguridad,

higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios;

controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos,

autorizaciones y habilitaciones; recibir y tramitar las quejas y reclamos de los usuarios

en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador;

ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación

de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales,

reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los

regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido

proceso;

Que, el Expediente N° 1260/EURSPCABA/2010 se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR