Resolución Nº 42

EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnología
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 154
CORDOBA, (R.A.), MARTES 9 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
sión el Reglamento Único, corresponde tener en consideración las sancio-
nes rmes impuestas a los síndicos o estudios por actos que se hubieren
cometido a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo Reglamentario que
se indica en el punto precedente.-
Plazo de inscripción, art. 1 A.R.: Corresponde a esta Excma. Cámara la de-
terminación de la fecha hasta la cual los postulantes que aspiran a integrar
las listas de síndicos podrán presentar sus solicitudes de inscripción en la
sede central del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba
(Capital) (art. 2 A.R.) que se determina a partir del uno de septiembre y
hasta el treinta del mismo mes del corriente año dos mil dieciséis.-
III) Que por lo expuesto y Acuerdos Reglamentarios del TSJ y normas
citadas.
SE RESUELVE:
Art. 1º) Convocar a inscripción a los postulantes para integrar las Lista de
Síndicos, que se formarán solamente con contadores en forma individual
previsto en la Categoría B del art. 253, inc. 3) de la L.C.Q., para ser utilizada
en los Juzgados con competencia Concursal de la Sexta Circunscripción
Judicial con asiento en la ciudad de Villa Dolores de acuerdo a los requisi-
tos establecidos por el Reglamento Único aprobado por el Excmo. Tribunal
superior de Justicia Acuerdos Reglamentarios Nº 958 de fecha 09/12/2008
y su modicatorio Acuerdo Reglamentario Nº 1270 de fecha 17/03/2015.-
Art. 2º) Para inscribirse los interesados deberán ingresar en la pá-
gina web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba
(cpcecba.org.ar/autogestión) ingresar la clave correspondiente, completar
la solicitud de inscripción según corresponda y anexar los antecedentes
en formato PDF según las instrucciones del sistema informático creado
a tal n.- En el plazo de 72 hs. de emitida la constancia de inscripción, el
postulante deberá validar la documentación que acredita los anteceden-
tes acompañados, mediante los originales respectivos, que deberán ser
presentados ante la sede central del Consejo Profesional de Ciencias Eco-
nómicas o sus Delegaciones.- en dicha oportunidad deberán acompañar
copia del comprobante de pago de la Tasa de Justicia (Ley 10.324, art. 114,
punto 2.4.2) rubricada por el profesional.- Las inscripciones cuyos ante-
cedentes no hayan sido validados mediante los respectivos originales, no
serán consideradas.-
Art. 3º) Las solicitudes que da cuenta el art. precedente serán recibi-
das por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de
Córdoba –Capital-, dentro del horario que éste determine, a partir del uno
(1) de septiembre y hasta el treinta (30) del mismo mes del corriente año
dos mil dieciséis (2016).-
Art. 4º) La Lista para cada Juzgado quedará integrada solamente por
la Categoría “B”: y se formará siempre que se contare con postulantes su-
cientes, con quince (15) contadores públicos individuales titulares y diez
(10) contadores públicos individuales suplentes.-
Art. 5º) Establecer que a los nes del Orden de Mérito que hace alu-
sión el Reglamento Único, corresponde tener en consideración las sancio-
nes rmes impuestas a los síndicos por actos que se hubieren cometido a
partir de la entrada en vigencia del Acuerdo Reglamentario aludido en el
art. 1º).-
Art. 6º) Publicar la presente convocatoria mediante edictos por el tér-
mino de cinco días en el Boletín Ocial de la Provincia, incorpórese en
la página WEB del Poder Judicial de Córdoba (www.justiciacordoba.gov.
ar) y, además, facúltase al Consejo Profesional de Ciencias Económicas,
Delegación Local, para que remita gacetillas de prensa a los periódicos
locales.-
Art. 7º) Comuníquese, mediante ocio y copia autenticada de la pre-
sente, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba y De-
legación Local de dicha entidad, el lugar, día y hora en que se realizarán
los sorteos para conformar las Listas para cada Juzgado, a la Dirección de
Servicios Judiciales del T.S.J. –Sub Área de Documentación e Información
Pública del Área de Servicios Judiciales-; y a la Ocina de Concursos y
Junta de Calicaciones del Área de Recursos Humanos y a los Juzgados
con competencia concursal de la Sexta Circunscripción Judicial.-
Art. 8º) Protocolícese.-
FDO: DR. PABLO ALFONSO CABRAL, VOCAL / DR. JOSÉ MARÍA SUAREZ,VOCAL
Ante mí: Dra. María Leonor Ceballos, Secretaria
5 días - Nº 64498 - s/c - 16/08/2016 - BOE
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N° 42
Córdoba, 05 de Agosto de 2016
VISTO: El expediente N° 0279-009883/2.016 del registro de este Minis-
terio de Ciencia y Tecnología.-
Y CONSIDERANDO:
Que la Directora de Jurisdicción de Divulgación y Enseñanza de las
Ciencias, Prof. María José Viola, solicita autorización para la ejecución del
VII Congreso Provincial de Ciencias y Tecnologías en la Escuela, a desa-
rrollarse en esta Provincia de Córdoba entre los días 22 y 23 de Septiembre
del corriente año, en las instalaciones del Instituto de Extensión de la Uni-
versidad Nacional de Villa María de esta Provincia.
Que el mencionado congreso tiene como objetivo dar continuidad a
la propuesta que responde a la necesidad de crear espacios para facilitar
la comunicación entre docentes de todos los Niveles y Modalidades del
Sistema Educativo y de poner en valor un conjunto de experiencias edu-
cativas que se desarrollan en las escuelas de nuestra provincia; asimismo,
promover más y mejores aprendizajes vinculados a las ciencias y a las
tecnologías como contribución a la formación de ciudadanos capaces de
comprender los contextos socioculturales y naturales y de participar reexi-
vamente en la sociedad contemporánea.
Que el Cuarto Congreso Provincial de Ciencias y Tecnologías en la Es-
cuelas convocará a los docentes de la Provincia de Córdoba a efectos de
recuperar y socializar sus propias experiencias de enseñanzas vinculadas
con las ciencias y las tecnologías en las escuelas.
Que se encuentra nominado el personal que integrará las Comisiones
Ejecutiva; Asesora; y Evaluadora del referenciado Congreso.
Por todo lo expuesto, lo dictaminado por la Subdirección de Asuntos
Legales, dictamen N° 51/2.016, y las facultades consagradas por Decreto

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