Resolución Nº 2054/2012

Fecha de disposición26 Diciembre 2012
Fecha de publicación07 Febrero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 26/12/2012

VISTO el Expediente N° 1.223.532/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 157/158 del Expediente de referencia, obra un Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE GUARDAVIDAS Y AFINES, por el sector sindical, y la ASOCIACION DE CONCESIONARIOS DE UNIDADES FISCALES DEL MUNICIPIO URBANO DE PINAMAR, por el sector empresarial, ratificado a fojas 159, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 425/05, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que corresponde dejar asentado que los celebrantes del Acuerdo cuya homologación se persigue en el presente trámite, son los mismos que suscribieron el Convenio Colectivo antes mencionado.

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores establecen la nueva escala salarial para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 425/05, con vigencia a partir del Primero de Diciembre del año Dos Mil Once.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, resulta pertinente que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el...

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