Resolución Nº 22/GCABA/SSTRANS/13
Firmantes | Dietrich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Transporte |
Fecha de la disposición | 22 de Enero de 2013 |
VISTOS:
La Ley N° 4.013, la Ley N° 2.148, la Ley N° 2.586, la Ley N° 2.930, el Decreto N°
660/GCBA/2011, el Decreto N° 498/GCBA/2008, el Decreto N° 1.474/GCBA/2008, la
Resolución N° 67/SSTRANS/2009, la Resolución N° 121/SSTRANS/2009, la
Resolución N° 8/SSTRANS/2010, la Resolución N° 67/SSTRANS/2010, la Resolución
N° 148/SSTRANS/2010, la Resolución N° 36/SSTRANS/2011, la Resolución N°
139/SSTRANS/2011, la Resolución N° 313/SSTRANS/2012, el Expediente N°
1363490/09; y el Expediente N° 2358185/2012
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.586 se creó el Sistema de Transporte Público de Bicicleta
(STPB) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como iniciativa
tendiente a la incorporación de una modalidad alternativa de transporte público;
Que el Capítulo IV -De la infraestructura- de la mencionada Ley N° 2.586 establece
que de modo previo a la implementación del sistema, se deberá garantizar una
infraestructura mínima, adecuada y segura para el buen funcionamiento de este
transporte;
Que el Sistema de Transporte público de Bicicleta cuenta entre sus propósitos más
destacados la consolidación de una movilidad ambientalmente sustentable, y la
optimización de la circulación y la fluidez del tránsito, a través de la desincentivación
del uso del automóvil particular;
Que tal sistema se encuentra en total concordancia con los lineamientos propuestos
por el Plan Urbano Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por la Ley N°
2.930, en relación al conjunto de acciones tendientes a la jerarquización de la red vial
y la reducción de emisión de contaminantes de combustión interna;
Que la mencionada Ley N° 2.586 fue reglamentada a través del Decreto N°
1.474/GCBA/2008, mediante el cual se estableció que la Subsecretaría de Transporte,
entonces dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, es la Autoridad de
Aplicación de la mentada Ley N° 2.586;
Que por Decreto N° 660/GCBA/2012 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Poder Ejecutivo; manteniendo dicha facultad en la Subsecretaría de Transporte,
dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que asimismo, en función de lo normado por el Decreto N° 498/GCBA/2008, esta
Subsecretaría de Transporte es la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado por la Ley N° 2.148;
Que mediante la Resoluciones N° 67/SSTRANS/09, N° 121/SSTRANS/2009, N°
8/SSTRANS/2010, N° 67/SSTRANS/2010, N° 148/SSTRANS/2010, N°
36/SSTRANS/2011, N° 139/SSTRANS/2011y N° 313/SSTRANS/2012, se
implementaron carriles exclusivos para bicicletas o ciclovías, y bicisendas en
diferentes tramos de arterias y aceras de la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de
logar la consolidación de una red de carriles exclusivos;
Que habiéndose obtenido resultados favorables en la puesta en valor de las anteriores
etapas de construcción de la red, y habiéndose realizado estudios técnicos generales
de diferentes corredores viales, se considera oportuno incorporar nuevas trazas para
la conformación de la mencionada red de carriles exclusivos.
Por ello, en uso de las atribuciones legales que le son propias, conferidas por el
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba