Resolución Nº 18/GCABA/SECPLAN/13

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición15 de Enero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013. Año del Bicentenario de la Creación del Himno y del Escudo Nacional en el marco de la Asamblea del Año XIII

RESOLUCIÓN N.° 18/SECPLAN/13

Buenos Aires, 15 de enero de 2013

VISTO:

El Expediente N° 2153202/2011 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle

Ballivian N° 3251 (UF N° 1), y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso

destinadas a Vivienda Multifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 123,19m2 de los cuales

34,69m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (1° Piso: Escalera, Paso y

Dormitorio), en tanto que 88,50m2 en forma no reglamentaria (1° Piso: Vestidor, Baño

y Dormitorio; 2° Piso: Escalera, Galería y Toilette), según surge del cotejo entre el

plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas

(Fojas N° 9) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 52 a 58),

con destino Vivienda Multifamiliar;

Que obra a fojas 38 a 47 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración

Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad

horizontal, con su autorización correspondiente según consta a fojas 13 a 22;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.

"Trabajos que requieren permiso de obra", del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.2

"Distrito R1bI, Disposiciones Particulares, inciso a) FOT Máximo e inciso d) Retiro de

Frente Mínimo", del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.

N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 59 las obras ejecutadas sin permiso

citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las

condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que

deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional

interviniente (fs. 38 a 47), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y

salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable

por cualquier divergencia...

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