Resolución N° 415 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Octubre de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 222
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Art. 1° APROBAR el Seminario “La Daticación de la Experiencia”,
que se indica en el Anexo I que con tres (3) fojas forma parte del presente
dispositivo legal.
Art. 2° APROBAR el Seminario “Redes Digitales y Sociales”, que se
indica en el Anexo II que con cuatro (4) fojas forma parte de la presente
Resolución.
Art. 3°- AUTORIZAR la implementación de los Seminarios que se
aprueban en los artículos precedentes en el Instituto Superior de Es-
tudios Pedagógicos y en los Institutos de Formación Docente Asociados,
mencionados en el Anexo III que con dos (2) fojas forma parte del presente
instrumento legal, con acreditación de 100 horas reloj cada uno y en con-
secuencia CONVALIDAR las acciones realizadas en los años 2021 y 2022.
Art. 4°- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: DELIA PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN
ANEXO
Resolución N° 415
Córdoba, 25 de octubre de 2021
VISTO: El Expediente digital N° 0623-122093/2021 del registro del Minis-
terio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que los Seminarios “Pensamiento Computacional” y “Narrativas Hiper-
mediales” pertenecientes al Ciclo de Seminarios “Tecnologías Digitales y
Educación”, constituyeron una propuesta originada en el Instituto Superior
de Estudios Pedagógicos en el mes de marzo del presente año.
Que se procede autorizar la implementación para los años 2021 y
2022 de la propuesta aludida en el párrafo anterior, convalidar las acciones
concretadas en tal sentido y habilitar la expedición de las certicaciones
correspondientes, en virtud del Dictamen N° 874/2021 de la Dirección Ge-
neral de Asuntos Legales de este Ministerio.
Por ello y las facultades conferidas por el Decreto N° 1043/17;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1°- AUTORIZAR la implementación de los Seminarios “Pensa-
miento Computacional” y “Narrativas Hipermediales” pertenecientes al
Ciclo de Seminarios “Tecnologías Digitales y Educación, en el Instituto de
Estudios Pedagógicos y en los Institutos de Formación Docente Asociados
mencionados en el Anexo I que con dos (2) fojas forma parte del presente
instrumento legal, con acreditación de 100 horas reloj de cursado cada
uno, en los años 2021 y 2022.
Art. 2°- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: DELIA PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACION
ANEXO
Resolución N° 416
Córdoba, 25 de octubre de 2021
VISTO: El Expediente digital N° 0623-122089/2021 del registro del Minis-
terio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran las actuaciones presentadas por el Instituto Superior de
Estudios Pedagógicos, en las que solicita la aprobación e implementación
para los años 2021 y 2022 del Seminario Educación Sexual Integral.
Que el mencionado Seminario responde a las prioridades pedagógi-
cas de las políticas educativas de la provincia de Córdoba orientadas, en
este caso, a la formación de docentes de Educación Secundaria en Edu-
cación Sexual Integral, rearmando el compromiso de implementar la Ley
Nacional 26.150.
Que se procede a aprobar y autorizar la implementación del Semina-
rio Educación Sexual Integral, convalidar las acciones concretadas en tal
sentido y habilitar la expedición de las certicaciones correspondientes,
en virtud del Dictamen N° 869/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio.
Por ello y las facultades conferidas por el Decreto N° 1043/17;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1° APROBAR el Seminario Educación Sexual Integral, que se
indica en el Anexo I que con cuatro (4) fojas forma parte del presente
instrumento legal.
Art. 2°- AUTORIZAR la implementación del Seminario aprobado en el
artículo precedente en el Instituto Superior de Estudios Pedagógi-
cos y en los Institutos de Formación Docente Asociados, mencionados en
el Anexo II que con una (1) foja forma parte del presente dispositivo legal,
con acreditación de 40 horas reloj y en consecuencia CONVALIDAR las
acciones realizadas en los años 2021 y 2022.
Art. 3°- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: DELIA PROVINCIALI- SECRETARIA DE EDUCACION.
ANEXO

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