Resolución Nº 34/2012

Fecha de disposición12 Diciembre 2012
Fecha de publicación11 Enero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 12/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.496.338/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.377 y el Decreto Nº 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008.

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1.370/08 facultó a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las entidades empresarias de la actividad rural, suficientemente representativas, sean o no integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS (RENATEA), a celebrar entre sí convenios de corresponsabilidad gremial en materia de Seguridad Social.

Que el Decreto Nº 1.370/08 estableció la competencia de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, para los casos de homologación de los convenios celebrados en el marco de la Ley Nº 26.377.

Que el Convenio celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES (F.O.E.V.A.), LA CAMARA DE BODEGAS EXPORTADORAS DE LA PATAGONIA Y BODEGAS DE ARGENTINA respecto del cual han prestado su conformidad el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.), dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y el Gobierno de la Provincia de RIO NEGRO, se adecua a los parámetros que establece la normativa citada, por lo que procede su homologación.

Que la ADMINISTRACION GENERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) han tomado la intervención de su competencia.

Que en virtud de lo acordado por las partes en la cláusula tercera del citado Convenio, corresponde dar intervención a la SECRETARIA DE TRABAJO de esta Cartera de Estado, atento a tratarse de una temática de su ámbito de competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1.370/08.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Homológase el Convenio celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES (F.O.E.V.A.), LA CAMARA DE BODEGAS EXPORTADORAS DE LA PATAGONIA Y BODEGAS DE ARGENTINA, celebrado con fecha 19 de marzo de 2012, respecto del cual han prestado su conformidad el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.), dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y el Gobierno de la Provincia de RIO NEGRO, que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución, con los alcances previstos en la Ley Nº 26.377 y el Decreto Nº 1.370/08.

ARTICULO 2°

— La cobertura de las prestaciones contempladas en la Ley Nº 24.577, será la prevista en el artículo 11° del Convenio celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES (F.O.E.V.A.), LA CAMARA DE BODEGAS EXPORTADORAS DE LA PATAGONIA Y BODEGAS DE ARGENTINA, con fecha 19 de marzo de 2012.

ARTICULO 3°

— Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 1° de la presente resolución, remítanse las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a efectos que tome la intervención de su competencia, en los términos de la Ley Nº 14.250 (T.O. 2004), en relación a la homologación de la cláusula 3° del Convenio referido en el artículo 1° de la presente.

ARTICULO 4°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. OFELIA M. CEDOLA, Secretaria de Seguridad Social, M.T.E. y S.S.

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL

ENTRE LA FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES

Y LAS ENTIDADES REPRESENTATIVAS DE LA PRODUCCION VITIVINICOLA

DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de marzo de 2012, los señores directivos de las siguientes entidades representativas de los productores Vitivinícolas de la Provincia de RIO NEGRO, a saber: Cámara de Bodegas Exportadoras de la Patagonia, Bodegas de Argentina, representadas ambas por el Ing. Guillermo BARZI (M.I. Nº 4.399.899), y la Asociación Vitivinícola de Río Negro, representada por el Sr. Marcelo MUNETA (M.I. Nº 14.872.854) en adelante “las ENTIDADES”, y en representación de los trabajadores del sector, el Secretario General de la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (F.O.E.V.A.) y Presidente de la Obra Social del Personal de la Actividad Vitivinícola (O.S.P.A.V.), Sr. Ramón PAVÉZ (M.I. Nº 8.034.047), cuyas firmas y circunstancias personales figuran al pie de la presente.

Los representantes de todas las instituciones mencionadas resuelven suscribir el presente CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL, cuyos términos fueron consensuados en sucesivas reuniones técnicas, dentro del marco dispuesto por la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1.370/08.

Suscribe también el presente Convenio, el Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro, Sr. Alberto Edgardo WERETILNECK (M.I. Nº 16.170.327); el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.), Sr. Guillermo Daniel GARCIA (M.I. Nº 16.740.769), como muestra de conformidad con lo establecido en los artículos de este Convenio. Las partes acreditan su representatividad para la firma del Convenio con la constancia de sus respectivas personerías de conformidad con lo requerido por las leyes vigentes.

  1. SUJETOS DEL CONVENIO.

    1.1. El presente...

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