Resolución N° 412/MDUYTGC/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.º 412/MDUYTGC/19
Buenos Aires, 24 de mayo de 2019
VISTO: La Ley Nº 5460 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) modificada por la Ley
N° 5.960, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado
por Ley Nº 6.017), los Decretos Nros. 363/GCBA/15 y sus modificatorios, las
Resoluciones Nros. 441/SECTRANS/2018, y 658/GCABA/SECTRANS/2018,
Expediente Nº 3523404-MGEYA-SECTRANS/2019, y;
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se le dio trámite al recurso de reconsideración con
jerárquico en subsidio presentado por el Sr. Gastón Ariel Santanatoglia Parra, titular
del D.N.I. 26.372.936, CUIT 20-26372936-7, contra la Resolución Nº
441/SECTRANS/2018, que dispuso rescindir el contrato de locación de servicio que lo
unía con la Administración a partir del 01/09/2018;
Que, tal como surge de las constancias obrantes en estas actuaciones, el Sr.
Santanatoglia Parra, brindó servicios para la Unidad de Proyectos Especiales
Movilidad Saludable (UPEMS) antes Dirección General de Movilidad Saludable
(DGMSA), iniciando su vinculación en enero de 2015, desempeñándose, desde el
inicio de su contratación, como chofer del Servicio de Transporte Público de Bicicletas
(STPB);
Que la rescisión del contrato referido se produjo como consecuencia de los
incumplimientos sostenidos por parte del Sr. Santanatoglia Parra;
Que en el marco de las actuaciones EE-2018-24895284-MGEYA-UPEMS, se dictó el
pertinente acto administrativo, Resolución N° 2018-441-SECTRANS, en virtud del cual
operó la rescisión de la contratación del requirente, a partir del 01/09/2018, notificada
la misma mediante cédula, el Sr. Santanatoglia Parra, presentó el recurso objeto de
autos;
Que habiendo tomado debida intervención la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, emitió el correspondiente Dictamen Jurídico -IF-2018-33793854-
DGEMPP- y, siguiendo los lineamientos del mismo, se dictó la Resolución Nº
658/SECTRANS/2018, mediante la cual se rechazó el recurso de reconsideración
interpuesto por el recurrente, por resultar el acto administrativo impugnado ajustado a
derecho;
Que, con posterioridad, y de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de
impugnación de actos administrativos, se ha tramitado el pertinente recurso jerárquico
en subsidio contra la mencionada Resolución, ampliados los fundamentos del recurso
por el Sr. Santanatoglia Parra, tomó nueva intervención el Órgano Asesor, emitiendo
un nuevo Dictamen Jurídico IF-2019-09303993-GCABA-DGEMPP;
Que, en ocasión de encontrarse el reclamo referido bajo el análisis de la Procuración
General, el Órgano Asesor ha sostenido en su pronunciamiento que, atento que el
interesado, aporta como nuevo elemento de juicio la sentencia dictada por la Cámara
de Apelaciones Contencioso Administrativa y Tributaria dictada en autos
"Santanatoglia Parra, Gastón Ariel c. GCBA s. Amparo" Expte. A 36327/17, y que la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5629 - 31/05/2019

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