Resolución N° 412 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición26 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 212
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 764/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de con-
formidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación de
Crédito Presupuestario N° 53 de la Secretaría General de la Gobernación
el que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante de la pre-
sente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General
de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Pro-
vincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura,
comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/UBkZnl
Resolución N° 412
Córdoba, 26 de Octubre de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0716-001375/2016, en que la Secretaría de Equidad y
Promoción del Empleo, propicia realizar adecuaciones del Presupuesto
General en vigencia de la Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que en virtud del Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Córdoba
y del Protocolo N° 3/2016 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de la Nación y la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo de
la Provincia de Córdoba, se establece el procedimiento para llevar adelan-
te acciones conjuntas con el Estado Nacional, para nanciar procesos de
capacitación y desarrollo regional, en todo el territorio provincial.
Que la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo solicita la creación
del Programa 657 “(R.A.) Formación Profesional y Desarrollo Regional”.
Que asimismo se incrementa el cálculo de ingresos y erogaciones del
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia por un
importe de $ 21.240.000.-
Que la utilización de los créditos presupuestarios incrementados por la pre-
sente, está limitada a lo establecido en el Artículo 15 de la Ley N° 9086;
en donde se determina que sólo se pueden comprometer las obligaciones
hasta el límite de la percepción efectiva de los recursos afectados.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales vi-
gentes, de acuerdo con los artículos 31, 37 y 110 in ne de la Ley N° 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha mani-
festado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la
operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección
de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 752/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º INCORPORAR al Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia, el PROGRAMA 657 “(R.A.) Formación Profesional y
Desarrollo Regional” en la Jurisdicción 1.05 –Secretaría de Equidad y Pro-
moción del Empleo, según Formulario de Descripción de Categoría Progra-
mática, el que como Anexo I con una (1) foja útil forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 2º INCREMENTAR el Cálculo de Ingresos y el total de Erogacio-
nes y el Cálculo de Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presu-
puesto General de la Administración Provincial en vigencia de conformidad
con el detalle analítico incluido en los Documentos Modicación de Crédito
Presupuestario N° 74 (Recticación) y N° 50 (Compensación Interinstitu-
cional) de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, los que como
Anexo II con dos (2) fojas útiles forma parte integrante de la presente Re-
solución.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General
de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Pro-
vincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatura,
comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/nIEwK8
Resolución N° 415
Córdoba, 26 de Octubre de 2016
VISTO:
La Ley N° 8024 (t.o. Decreto N° 40/09) y sus disposiciones complementarias
y reglamentarias.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1374, de fecha 6 de octubre de 2016, el Poder Eje-
cutivo Provincial autorizó a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de
Córdoba a liquidar un “Suplemento Especial”, de carácter mensual y variable, a
favor de los beneciarios del Régimen Previsional de la Provincia de Córdoba,
destinado exclusivamente a garantizar un haber bruto previsional no inferior
al denominado núcleo duro previsional tutelado por la Constitución Provincial,
derivado de la aplicación del régimen de movilidad.
Que, tal mecanismo ha sido propiciado con el n de garantizar la plena obser-
vancia de los lineamientos doctrinarios trazados por el Excmo. Tribunal Supe-
rior de Justicia en la causa “Bossio”, ante eventuales situaciones excepciona-
les y extraordinarias derivadas de la aplicación del régimen de movilidad que
puedan ocasionar desvíos de los estándares jados en el precedente referido.
Que el Artículo 2° del Decreto referenciado, faculta a la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de Córdoba a dictar las normas complementarias para la
instrumentación operativa y cómputo del “Suplemento Especial” instituido en el
Decreto referido.
Que, sin perjuicio de ello, encontrándose el Organismo Previsional aludido

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