Resolución N° 41 - Letra: D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor14 de Marzo de 2022
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 54
CORDOBA, (R.A.) LUNES 14 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Resolución N° 40 - Letra:D
Córdoba, 10 de marzo de 2022
VISTO: El Expediente Nº 0885-175585/2022 por el que se gestiona la crea-
ción del Fondo Permanente “C” – Privada y Ceremonial - del Ministerio de
Vinculación Comunitaria, Protocolo y Comunicación.
Y CONSIDERANDO:
Que, atento lo postulado por el señor Ministro de Vinculación Comuni-
taria, Protocolo y Comunicación y considerando el informe técnico-contable
extendido por la Dirección de Jurisdicción de la Subsecretaria de Tesorería
General y Crédito Público de esta Cartera de Estado, deviene conveniente
en este estadio la creación de un Fondo Permanente a los nes de cubrir
las erogaciones necesarias para el funcionamiento de todo lo atinente con
la organización y supervisión de las áreas de incumbencia del señor Go-
bernador, Secretaría Privada, ceremonial, audiencias y protocolo.
Que obra incorporado bajo el orden 1 – N° de documento CBA_JEFA-
TESO01_2022_00000003 - Formulario T2 - SOLICITUD DE APERTURA,
MODIFICACIÓN O CIERRE DE FONDOS PERMANENTES – suciente-
mente completo y suscripto por el señor Ministro de Vinculación Comunita-
ria, Protocolo y Comunicación.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación.
Que la fuente de nanciamiento del Fondo Permanente cuya creación
se propicia está constituida por el Tesoro Provincial.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subsecreta-
ría de Tesorería General y Crédito Público a fs. 7, de acuerdo con lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº
79/2022 y en los términos de la Resolución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1° CREAR el Fondo Permanente “C” – Privada y Ceremonial
- del Ministerio de Vinculación Comunitaria, Protocolo y Comunicación por
la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 3.500.000,00),
sin límite por cada pago, del que será responsable el Titular del Servicio
Administrativo del citado Ministerio, todo conforme al detalle analítico in-
cluido en el Formulario T2 - SOLICITUD DE APERTURA, MODIFICACIÓN
O CIERRE DE FONDOS PERMANENTES -, incorporado en autos bajo
el Orden 1, N° de documento: CBA_JEFATESO01_2022_00000003, que
como anexo forma parte integrante de la presenta resolución.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público,
al Servicio Administrativo del Ministerio de Vinculación Comunitaria, Proto-
colo y Comunicación y a Contaduría General de la Provincia, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N° 2022/D-0000040
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Por encomienda de rma- Resolución Ministerial N° 119/2020
ANEXO
Resolución N° 41 - Letra:D
Córdoba, 10 de marzo de 2022
VISTO: El expediente Nº 0524-061649/2022, por el que se solicita la am-
pliación del Fondo Permanente “H” – SEGURIDAD NÁUTICA- del Ministe-
rio de Seguridad, creado por Resolución N° 013/2020 de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que el señor Ministro de Seguridad insta la gestión de que se trata a
n de atender los gastos propios del Programa 753 –Seguridad Náutica-,
suscribiendo a tal n el Formulario T2 -Solicitud de Apertura, Modicación
o Cierre de Fondos Permanentes-.
Que el señor Subsecretario de Tesorería General y Crédito Público de esta
Cartera de Estado, emite informe de su competencia en el que da cuenta que
la ampliación pretendida halla su fundamento en que el actual monto asignado
al Fondo Permanente “H”- SEGURIDAD NÁUTICA- fue establecido en el mes
de febrero de 2020, lo que justica dicho incremento habida cuenta del proceso
inacionario que sufre el país, por lo que sugiere el dictado de la pertinente
Resolución Ministerial a tales efectos en miras a ampliar el Fondo de que se
trata hasta la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000.-).
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley N° 9086, es facultad
de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos,
determinando su régimen y límites al momento de su creación y ampliación.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Sub-
secretaría de Tesorería y Crédito Público, de acuerdo con lo dictaminado
por la Jefatura de Área Legales de la Dirección de Jurisdicción de Asuntos

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