Resolución N° 41 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor19 de Enero de 2018
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición30 de Octubre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVII - Nº 14
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 19 DE ENERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 34
Córdoba, 13 de diciembre de 2017
VISTO: El expediente Nº 0033-102421/2017, Cuerpos I, II, III y IV.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra Resolución N° 030/17 de esta
Secretaría por la que se adjudica la Licitación Pública Nº 02/2017 a favor de
la rma MICARAL S.R.L. para el Renglón N° 1: Concreción de la obra civil
de la remodelación y refuncionalización del edicio, a un precio de pesos
cinco millones quinientos setenta y cinco mil ciento cincuenta y seis con
cuatro centavos ($ 5.575.156,04.- ), Renglón N° 2: Ejecución del cablea-
do estructurado para brindar el servicio de datos y telefonía e instalación,
capacitación y la puesta en funcionamiento de una Central Telefónica IP, a
un precio de pesos cuatro millones quinientos sesenta mil ciento noventa y
seis con veinte centavos ($ 4.560.196,20.-) y Renglón N° 3: Reacondicio-
namiento completo del sistema de bombeo de agua comprendido entre la
cisterna ubicada en el subsuelo y el tanque de reserva en la azotea, a un
precio de pesos cincuenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta ($ 55.440.-),
lo que hace un precio total general de pesos diez millones ciento noventa
mil setecientos noventa y dos con veinticuatro centavos ($ 10.190.792,24.-
).
Que el proveedor adjudicado, si bien en su propuesta económica de-
clara que la suma de $ 10.190.792,24 se encuentra exento del pago de
Ingresos Brutos, cuando desagrega dicha propuesta dentro del Análisis de
Precios unitarios incluyó un porcentaje o componente impositivo del 4,25%
correspondiente al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, tributo que no co-
rresponde ser abonado durante el año 2017 atento a la exención dispuesta
por Ley N° 10.411 modicatoria del Código Tributario Provincial y la Nota
Aclaratoria que forma parte integrante del Pliego Particular de Condicio-
nes.
Que la rma MICARAL S.R.L. rectica su propuesta, eliminando el
componente impositivo del Impuesto a los Ingresos Brutos, por lo que el
monto total a adjudicar debe ser ajustado en un 4,25% menos por cada
renglón.
Que por lo expuesto corresponde sustituir los artículos 2° y 3° de la
Resolución N° 030/17 de esta Secretaría.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, Ampliación al Informe de
la Comisión de Estudio y Valoración de las Ofertas y de acuerdo con lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este
Ministerio al Nº 816/17,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
R E S U E L V E :
Artículo 1º SUSTITUIR el Artículo 2° de la Resolución N° 030/17 de
esta Secretaría, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2°.- ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 02/2017, autorizada por
Resolución Nº 040/2017 de la Dirección General de Coordinación Ope-
rativa, con el objeto de contratar la obra Reparación, remodelación y re-
funcionalización del edicio perteneciente a la Dirección General de Ca-
tastro dependiente de esta Secretaría, sito en Avenida Figueroa Alcorta
N° 234 de esta Ciudad, a favor de la rma MICARAL S.R.L. (C.U.I.T. Nº
30-54960598-9), para el Renglón N° 1: Concreción de la obra civil de la
remodelación y refuncionalización del edicio, a un precio de pesos cinco
millones trescientos treinta y ocho mil doscientos once con noventa y un
centavos ($ 5.338.211,91), Renglón N° 2: Ejecución del cableado estructu-
rado para brindar el servicio de datos y telefonía e instalación, capacitación
y la puesta en funcionamiento de una Central Telefónica IP, a un precio de
pesos cuatro millones trescientos sesenta y seis mil trescientos ochenta y
siete con ochenta y seis centavos ($ 4.366.387,86) y Renglón N° 3: Rea-
condicionamiento completo del sistema de bombeo de agua comprendido
entre la cisterna ubicada en el subsuelo y el tanque de reserva en la azo-
tea, a un precio de pesos cincuenta y tres mil ochenta y tres con ochenta
centavos ($ 53.083,80), lo que hace un precio total general de pesos nueve
millones setecientos cincuenta y siete mil seiscientos ochenta y tres con
cincuenta y siete centavos ($ 9.757.683,57).
Artículo 2º SUSTITUIR el Artículo 3° de la Resolución N° 030/17 de
esta Secretaría, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3°.- IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de lo dis-
puesto en el artículo anterior por la suma de PESOS NUEVE MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA
Y TRES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 9.757.683,57) a Ju-
risdicción 1.15 –Ministerio de Finanzas, al Programa 153-001, Partida
12.06.00.00 “Obras-Ejecución por Terceros” del P.V.
Artículo 3º AUTORIZAR al Área Administración de la Dirección Gene-
ral de Coordinación Operativa a efectuar los ajustes contables pertinentes,
respecto de la Orden de Compra 2017/000118.
Artículo 4ºPROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archí-
vese.
FDO: LIC. HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL TESORERÍA Y
CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 41
Córdoba, 30 de octubre de 2017
VISTO: el expediente 0040-064242/2017 en el que se tramita la baja con-
table de los Documentos Únicos de Ejecución de Erogaciones (DUEE) Ej.
2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 citadas en el Anexo I a la
presente Resolución.
Y CONSIDERANDO:
Que dichos DUEE fueron emitidos para atender el pago de servicios
adicionales de la Policía de la Provincia durante los ejercicios señalados.
Que, según el artículo 20 del Decreto 530376, el personal que presta-
ba el servicio de Policía Adicional percibía el 90% de la tasa ingresada en
concepto de seguridad privada, y el 10% restante se destinaba a la cuenta
habilitada para sufragar los gastos generales de la Policía de la Provincia.
Que el artículo 4 del Decreto 1181/16 modicó el citado artículo 20,
disponiendo que el 100% de la tasa sea destinado al personal.
Que, en su oportunidad, se abonaron los servicios adicionales corres-
pondientes al personal, con lo que se canceló la obligación respecto a cada

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