Resolución Nº 1887/2012

Fecha de disposición09 Noviembre 2012
Fecha de publicación21 Noviembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 9/11/2012

VISTO el Expediente Nº 1746-AFSCA/2010 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO se tramita un pedido formulado por la COMUNIDAD QADHUOQTE tendiente a obtener autorización para instalar, operar y poner en funcionamiento una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de ROSARIO, de la provincia de SANTA FE.

Que la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual establece como primordial objetivo la promoción y garantía del libre ejercicio del derecho de toda persona a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura, en el marco del respeto al Estado de Derecho democrático y los derechos humanos, conforme las obligaciones emergentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás tratados incorporados o que sean incorporados en el futuro a la Constitución Nacional, y que es su espíritu administrar el espectro radioeléctrico en base a criterios democráticos y republicanos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en su acceso por medio de las asignaciones respectivas.

Que su Artículo 3° inciso ñ) establece como objetivo la preservación y promoción de la identidad y de los valores culturales de los Pueblos Originarios.

Que el Artículo 151 de la citada ley dispone que los Pueblos Originarios podrán ser autorizados para la instalación y funcionamiento de servicios de comunicación audiovisual.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó al servicio en cuestión, el canal 300, frecuencia 107,9 MHz., categoría “G”, de acuerdo con lo establecido en la reglamentación técnica vigente.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS certifica que la COMUNIDAD QADHUOQTE de la localidad de ROSARIO de la provincia de SANTA FE, posee su personería jurídica inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas mediante Resolución Nº 121 de fecha 01 de julio del año 2004.

Que se encuentran reunidos los recaudos y razones fundadas que habilitan el dictado del acto por el cual se acuerda la autorización peticionada.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las...

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