Resolución N° 407 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Enero de 2023
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2022
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCVII - Nº 15
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 20 DE ENERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
esa dirección, oportunamente se establecieron, entre otros, el Programa
de Inserción Laboral (PIL) y el régimen de Promoción Industrial, los que se
verán complementados por el aquí gestionado.
Que se jan como objetivos especícos, la incorporación al mercado
laboral formal de 2.000 nuevos puestos de trabajo en las micro, pequeñas
y medianas empresas de la Provincia y cooperar en la capacitación que
éstas brindarán a los trabajadores contratados, por el termino de doce (12)
meses, incrementando los estándares de conocimiento y productividad la-
boral de dichas personas.
Que en orden a los destinatarios, podrán aplicar las micro, pequeñas y
medianas empresas –personas físicas y jurídicas-, radicadas en la Provin-
cia de Córdoba, quienes deberán acreditar la categoría con el certicado
que emita la Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa y los Empren-
dedores de la Nación. Se indican, además, como requisitos estar inscriptas
en los organismos nacionales, provinciales y municipales tributarios y de la
seguridad social, así como contar con inscripción vigente en el Sistema de
Información Industrial de Córdoba (SIIC). Asimismo, se prevé la compatibi-
lidad del Programa de que se trata con el régimen de Promoción Industrial
y Desarrollo de Clúster Productivos de la Ley N° 10.792, pudiendo acceder-
se a los benecios de ambos sistemas.
Que de este modo, para las empresas que acrediten haber tomado
nuevos trabajadores, a partir del 1° de octubre del corriente año, por jor-
nada completa y por tiempo indeterminado, y sostengan tales puestos por
el plazo mínimo de veinticuatro (24) meses –lo cual será controlado por
la Autoridad de Aplicación, quien dispondrá las medidas previstas ante el
incumplimiento-, los benecios del Programa consisten en un subsidio por
el plazo de doce (12) meses, por la suma de Pesos Doce Mil ($12.000,00)
mensuales, de acuerdo con la escala y los cupos que se establecen, todo
hasta completar un tope máximo de 2.000 subsidios.
Que luce el Visto Bueno del señor Ministro de Industria, Comercio y
Minería a lo propiciado en autos.
Que atento a lo reseñado, procede en la instancia disponer la creación
del Programa “Fomento Empleo Industrial (FEI)”, conforme se gestiona,
facultando a la Secretaria de Industria, dependiente del Ministerio de In-
dustria, Comercio y Minería, a dictar las normas reglamentarias y/o com-
plementarias para su correcta implementación, y al Ministerio de Finanzas
a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para
la ejecución del mismo.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Industria, Comercio y Mi-
nería a los Nros. 2022/00000135 y 2022/00000148, por Fiscalía de Estado
bajo N° 970/2022 y lo dispuesto en el artículo 144, incisos 1° y 14°, de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.- CRÉASE el Programa “Fomento Empleo Industrial (FEI)”,
en el ámbito del Ministerio de Industria, Comercio y Minería, orientado a
micro, pequeñas y medianas empresas radicadas en la Provincia de Cór-
doba, con el objeto de ampliar el alcance de los programas de empleo y
contribuir a la generación de empleo de calidad, conforme a las pautas
indicadas en el Anexo I, el cual, compuesto de tres (3) fojas útiles, se acom-
paña y forma parte de este acto.
Artículo 2º.- DESÍGNASE como Autoridad de Aplicación del Programa
“Fomento Empleo Industrial (FEI)” a la Secretaría de Industria del Minis-
terio de Industria, Comercio y Minería, o al organismo que en el futuro la
reemplace, la que estará facultada para dictar las normas reglamentarias
y/o complementarias para su correcta ejecución.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al Ministerio de Finanzas a realizar las ade-
cuaciones presupuestarias que resulten necesarias para la implementa-
ción y ejecución del Programa “Fomento Empleo Industrial (FEI)”.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Minis-
tra de Coordinación y los señores Ministro de Finanzas, Ministro de Indus-
tria, Comercio y Minería y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
DECRETO Nº 1666
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓN - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS - EDUARDO
LUIS ACCASTELLO, MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA - JORGE
EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 407
Córdoba, 28 de diciembre de 2022
Expediente N° 0521-062515/2021 - Cuerpos I y II.-
VISTO: este expediente por el cual el Ente Regulador de los Servicios
Públicos (ERSeP) propicia la modicación de la Resolución N° 304/2021
y sus modicatorias en relación a la individualización de los bienes de-
clarados de utilidad pública y sujetos a expropiación necesarios para la
ejecución de la obra: “ALTERNATIVA A RUTA NACIONAL N° 38 - TRAMO:
VARIANTE COSTA AZUL - LA CUMBRE - SECCIÓN: VARIANTE COSTA
AZUL - MOLINARI (PR. 0+000 A 21 +500)”.
Y CONSIDERANDO:
Que se insta el presente trámite, conforme lo previsto por la Ley N°
10.734, en virtud de la cual se declararan de utilidad pública y sujetos a
expropiación todos los inmuebles necesarios para la ejecución de la obra
antes referenciada.
Que por Resolución N° 304/2021 de fecha 06 de septiembre de 2021
se dispuso la individualización de los referidos bienes, de conformidad al
Plano de Afectación N° CS-PX (VCA-RN38) 010-ROG, modicada por sus
similares N° 404/2021, Nº 040/2022 y N° 221/2022 de fechas 26 de no-
viembre de 2021, 2 de marzo y 7 de julio ambas de 2022, respectivamente.
Que seguidamente el Sr. Presidente de Caminos de Las Sierras S.A. infor-
ma que “…por ajuste del proyecto de obra…” se efectuaron modicaciones en
la supercie afectada, titularidad registral o datos catastrales de los inmuebles

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