Resolución Nº 402/GCABA/ERSP/17

FirmantesMichielotto - Barrera - Goldsack - Gutiérrez - Lauría
EmisorF/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

VISTO:

El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210, la

Licitación Pública para el Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento

Indebido de vehículos en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de

Estacionamiento Tarifado, el Reglamento de Procedimientos de Reclamos de Usuarios

y Sanciones por Infracciones en la Prestación de Servicios Públicos del Ente Único

Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

aprobado por Resolución del Directorio N° 673/2016, su modificatoria N° 14/17, el Acta

de Directorio N° 677 del 9 de noviembre de 2017, el Expediente N°

3104/EURSPCABA/2017, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de

los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,

seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o

fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o por terceros

para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la

competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se

dicten al respecto;

Que, según lo prescribe el inc. d) del Art. 2° de la Ley N° 210, se entiende como

servicio público a los efectos de la aplicación de la misma, al Control de

Estacionamiento por Concesión;

Que, conforme lo establece el Art. 3° incs. a), b), e), i) y l) de la Ley N° 210, el Ente

tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las

leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar

las actividades de los prestadores de los servicios públicos en todos los aspectos

prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene, calidad,

continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el

cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y

habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y

efectuar las denuncias pertinentes implementando las acciones tendientes a hacer

cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las

sanciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de

conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas

respetando el debido proceso;

Que, el Expediente N° 3104/EURSPCABA/2017 se inicia como consecuencia de los

controles técnicos realizados por personal del Organismo en el marco del Plan del

Control previsto para el Servicio de Estacionamiento Medido durante el mes de Mayo

de 2017, habiéndose detectado deficiencias en el señalamiento vertical;

Que, a fs. 2/3 obran Actas de Inspección N° 202673/ERSP/17 y Anexos de fecha

24/05/2017 y relevando el estacionamiento medido. Todo ello, en el marco del Plan de

Control previsto para el Servicio de Control de Estacionamiento por Concesión durante

el mes Mayo de 2017., habiéndose detectado deficiencias en el en el señalamiento

vertical en la calle Castelli del 200 al 350;

Que, a fs. 5/6 obran Actas de Inspección N° 203891/ERSP/17 y Anexos de fecha

05/05/2017 y relevando el estacionamiento medido. Todo ello, en el marco del Plan de

Control previsto para el Servicio de Control de Estacionamiento por Concesión durante

el mes Mayo de 2017., habiéndose detectado deficiencias en el en el señalamiento

vertical en la calle Castelli 200;

Que, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación Servicio Público

de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y

Microcentro y ampliación de los espacios de estacionamiento tarifado, de la cual

resultaran oportunamente adjudicatarias las empresas DAKOTA S.A. y B.R.D.

S.A.C.I.F..-, respecto a la señalización establece "...La actualización y reposición de

carteles indicadores de: Prohibido Estacionar; Estacionamiento Permitido (Libre)

Estacionamiento Medio es imprescindible para la efectiva aplicación de las normas de

estacionamiento aprobadas por ordenanzas municipales (...) Señalamiento Vertical:

Las propuestas deberán preveer la adecuación y reposición de todo el señalamiento

vertical referido al estacionamiento (Prohibido, Medido y Libre). Contemplará la

provisión e instalación de carteles faltantes así como el desplazamiento de los

existentes a los nuevos lugares. Estos carteles serán confeccionados de acuerdo a las

normas, textos y lugares que en cada oportunidad se le notifique por intermedio de la

COMISIÓN y conforme a los diseños y especificaciones establecidas por las Dirección

General de Vialidad Urbana...";

Que, a fs. 8/10 obra Informe N° 332/ATyC/17 del Área Tránsito y Concesiones de la

Gerencia de Control solicitando el inicio de sumario y ordenando el pase del

expediente a la Asesoría Legal de Sumarios y Contencioso a fin de emitir opinión

fundada y dar curso al trámite correspondiente.

Que, a fs. 12/14 el Departamento de Sumarios entiende que de las constancias

obrantes en el expediente, en particular, de las Actas de Fiscalización y lo informado

por el Área Técnica se desprende un...

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