Resolución Nº 401/GCABA/SECGCYAC/15

FirmantesMacchiavelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2015

VISTO:

Ley N° 4.013 y su Decreto reglamentario N° 660/11 y su modificatorio, el Decreto N°

590/12, la Ley N° 70, los Decretos N° 1.000/99, N° 36/12, N° 346/12, la Disposición

N°24-DGOGPP/11, el Expediente N° 2015-29040737-MGEYA-DGTALCIU, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y

proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar

un informe final sobre su gestión, prestando colaboración a quien legítimamente le

sucede en el mismo, siendo dicha tarea remunerada;

Que el artículo 14 del Anexo del Decreto N° 1.000/99, reglamentario del artículo 25 de

la Ley N° 70, dispone que dicho informe será remunerado con un monto equivalente al

del cargo que ocupaban;

Que a su vez, por Disposición N° 24-DGOGPP/11, se determinaron las características,

alcance y contenido del mencionado informe;

Que el Decreto N° 660/11 reglamentario de la Ley de Ministerios modificado

posteriormente por el Decreto N° 590/12, estableció la estructura orgánico funcional de

esta Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, aprobando los objetivos y

responsabilidades de la Dirección General de Obras Comunales;

Que mediante Decreto N° 36/12 se designó al Arq. Guillermo Luis Raffo DNI

16.226.212, en el cargo de Director General de la mencionada Dirección General;

Que el funcionario referido presentó su renuncia al cargo mencionado con efectos a

partir del 12 de agosto de 2015;

Que en cumplimiento del artículo 25 de la Ley N° 70, con fecha 11 de septiembre del

corriente año, el Arq. Guillermo Luis Raffo presentó su informe final de gestión

mediante Expediente N° 2015-29040737-MGEYA-DGTALCIU, en su carácter de ex

Director General de la de la Dirección General de Obras Comunales;

Que la ya mencionada Disposición N° 24-DGOGPP/11 establece que el Informe de

Gestión debe ser presentado por el funcionario antes de transcurridos treinta (30) días

corridos desde el momento en que se aparta de su cargo, contados a partir de la fecha

de la norma por la cual se efectivice el cese;

Que conforme surge de la actuación citada en el Visto, el Informe de marras ha sido

presentado en tiempo y forma;

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto...

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