Resolución Nº 4/GCABA/UEICEE/17
Firmantes | Vinacur |
Emisor | UNIDAD DE LA EVALUACIÓN INTEGRAL DE LA CALIDAD Y EQUIDAD EDUCATIVA |
VISTO:
La Ley 5.049, el Decreto N° 1510/97, las Resoluciones N° 1/UEICEE/16, y N°
2/UEICEE/16, el EX-2017-02033378- MGEYA-UEICEE, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 5049 se creó la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y
Equidad Educativa, ente descentralizado en el ámbito del Ministerio de Educación;
Que la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa tiene como
objeto diseñar, desarrollar y coordinar la evaluación integral del sistema educativo de
la Ciudad de Buenos Aires, y como misión contribuir al mejoramiento de la calidad y
equidad educativa de todas las instituciones educativas de gestión estatal y privada en
el ámbito del Ministerio de Educación;
Que conforme a lo establecido en el artículo 17 inciso c) de la Ley N° 5049, es función
del Director Ejecutivo "aprobar la estructura orgánico- funcional, necesaria para el
funcionamiento de la Unidad pudiendo designar a directores generales a cargo" y que
por el inciso j) "dicta las resoluciones que fueran necesarias para el mejor ejercicio de
sus funciones;
Que a través de la Resolución N° 1/UEICEE/16 se aprobó la estructura organizativa de
la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa;
Que a través de la Resolución N° 2/UEICEE/16 se designaron a la Jefa de Gabinete, a
los Coordinadores Generales y Operativos de las respectivas Coordinaciones
Generales y Operativas previstas;
Que, por el Decreto N° 1510/97, Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
de Buenos Aires, consagra el principio de celeridad en los trámites;
Que el artículo 3° del Decreto N° 1510/97 establece que "los ministros y demás
funcionarios del Poder Ejecutivo y los titulares de los órganos directivos de entes
descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos
mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar
la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades...";
Que en razón de mi ausencia temporal por usufructo de licencia ordinaria entre los
días 23 de enero y 10 de febrero de 2017, corresponde delegar la firma del despacho
de la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa a mi cargo, con
el objeto de no resentir el normal funcionamiento de la misma;
Que por lo tanto debe...
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