Resolución N° 4 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Mayo de 2019
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2019
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 87
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 9 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
obras N° 3126 “Ampliación Programa Integral de Gasoductos Troncales
de la Provincia de Córdoba – Sistema Regional Anillo de Córdoba y
Gran Córdoba – Mi Granja” y N° 3129 Ampliación Programa Integral de
Gasoductos Troncales de la Provincia de Córdoba – Sistema Regional
Centro – Villa San Isidro – José de la Quintana” originalmente aproba-
das en la Jurisdicción 1.55 Ministerio de Servicios Públicos, Programa
N° 565 DESARROLLO ENERGÉTICO, Subprograma N° 2 – Obras Para
La Provisión de Gas.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas, a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
OPERATIVA
Resolución N° 4
Córdoba, 22 de marzo de 2019
VISTO: El expediente Nº 0027-072492/2019.
Y CONSIDERANDO:
Que se propicia en autos la prórroga del servicio de informatización,
guarda y custodia de documentación del Edicio Central del Ministerio de
Finanzas, Dirección General de Rentas y Dirección de Policía Fiscal y pro-
visión de software para control de documental en guarda y/o custodia, que
fuera adjudicado por Resolución N° 010/17 de esta Dirección General.
Que dicha prórroga se encuentra prevista en el Artículo 2.1 del Pliego
de Bases y Condiciones que rigiera la Licitación Pública N° 01/17.
Que a fs. 23 obra Cédula de Noticación de fecha 22 de febrero de
2019, mediante la cual se comunica a la rma BOX CUSTODIA DE AR-
CHIVOS S.A. la intención de la Administración Pública de prorrogar por dos
años el servicio de que se trata.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo previsto por el Artículo
2.1 del Pliego de Bases y Condiciones que rigiera la Licitación Pública N°
01/17, la Orden de Compra N° 2019/000013 efectuada por la Jefatura de
Área a cargo del Servicio Administrativo de este Ministerio, lo informado
por el Área Contrataciones a fs. 19 y de acuerdo con lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del mismo Ministerio al N°
106/19,
LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
R E S U E L V E :
Artículo 1º HACER uso de la opción de prórroga prevista en el Artí-
culo 2.1 del Pliego de Bases y Condiciones que rigiera la Licitación Públi-
ca N° 01/17, con la rma BOX CUSTODIA DE ARCHIVOS S.A. (CUIT N°
30-70458237-0), por el servicio de informatización, guarda y custodia de
documentación del Edicio Central del Ministerio de Finanzas, Dirección
General de Rentas y Dirección de Policía Fiscal y provisión de software
para control de documental en guarda y/o custodia, por el término de vein-
ticuatro (24) meses, a partir del 1° de abril de 2019.
Artículo 2º IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo anterior por la suma de PESOS TRES MILLO-
NES QUINIENTOS OCHENTA MIL SESENTA Y DOS CON VEINTICUA-
TRO CENTAVOS ($ 3.580.062,24.-) a Jurisdicción 1.15 –Ministerio de Fi-
nanzas-, de acuerdo al siguiente detalle: por el periodo abril-diciembre de
2019, $ 1.342.523,34.- a la Partida 3.04.02.00 “Almacenamiento” del P.V.,
como sigue: $ 357.223,23.- al Programa 150-001; $ 533.703,24.- al Progra-
ma 152-000 y $ 451.596,87.- al Programa 156-000; por el periodo enero-di-
ciembre de 2020, $ 1.790.031,12.- y por el período enero-marzo de 2021,
$ 447.507,78.- como Importes Futuros.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archí-
vese.
FDO: MICAELA VANESA SPERANZA, DIRECTORA GRAL. DE COORDINACIÓN
OPERATIVA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA Y DE PREVISIÓN SOCIAL MINIS-
TERIO DE FINANZAS
TRIBUNAL ELECTORAL AD HOC
Resolución Nº 44
Córdoba, veintiséis de abril de dos mil diecinueve.
Y VISTOS: Estos autos caratulados “CÓRDOBA ELECCIONES PROVIN-
CIALES 12 DE MAYO DE 2019 - CONVOCATORIA ELECCIONES PRO-
VINCIALES” (N° 7829034), de los que resulta necesario establecer ciertas
pautas relacionadas con quienes pueden ser electores agregados al pa-
drón, cuando no guran en el mismo.
Y CONSIDERANDO: I. Que la ley 9571 establece claramente quienes
son las personas que pueden agregarse al padrón para votar en la mesa,
cuando no guran en el mismo.
II. En ese sentido, el artículo 101 Ley 9571 establece que las autori-
dades de mesa de votación que no estén inscriptas en las mesas en que
actúan, se agregan en la hoja del registro. De la misma manera la autoridad
de mesa suplente y el Fiscal Público electoral (art. 80).
III. Por su parte, el artículo 47 establece que los scales partidarios
pueden hacerlo en las mesas que scalizan, aunque no estén inscriptos
en ellas, siempre que lo estén en el circuito o localidad en que actúan.
En ningún caso se puede agregar más de un scal por partido, alianza o
confederación política en la misma mesa receptora de votos, en las condi-
ciones establecidas en el artículo 101.
Por ello, a los nes de evitar confusión, tanto en el electorado como en
las autoridades de mesa, y conforme las atribuciones conferidas por los

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