Resolución N° 398 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2015
CÓRDOBA, 2 de Noviembre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 210 Primera Sección 5
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para
la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 398 - Letra:A
Córdoba, 28 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119059/2015, mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION PERROS DE
ASISTENCIA-GUNAR”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d),
193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley
8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION PERROS DE ASISTENCIA-GUNAR”
, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 399 - Letra:A
Córdoba, 28 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0650-001324/2015 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL UNIDOS POR
MAS”, con asiento en la Localidad de Freyre, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b),
168, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL UNIDOS POR MAS”, con
asiento en la Localidad de Freyre, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 401 - Letra:A
Córdoba, 28 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-120172/2015 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL COLECTIVO
SENTIPENSANTE”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b),
169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL COLECTIVO SENTI
PENSANTE”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 402 - Letra:A
Córdoba, 28 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0528-004381/2014 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “HOGAR DE NIÑOS SAN VICENTE
DE PAUL”, con asiento en la Localidad de Coronel Moldes,
Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 15 de
enero de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a
la Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 15 de Enero de
2015 por la Entidad Civil denominada “HOGAR DE NIÑOS SAN
VICENTE DE PAUL”, CUIT N°33-66909385-9, con asiento en la
Ciudad de Coronel Moldes, Provincia de Córdoba, en la cual se
resolvió la Reforma del Estatuto, modificando los Artículos 13,14,15
y 27, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-148, inc. b
) 169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley
Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
sancionada en Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 15
de Enero de 2015, modificando los Artículos 13,14,15 y 27 la
Entidad Civil denominada “HOGAR DE NIÑOS SAN VICENTE
DE PAUL”, CUIT N° 33-66909385-9, con asiento en la Ciudad de
Coronel Moldes, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 83 “A”/1994 del 03 de Mayo de
1994.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 403 -Letra:A
Córdoba, 28 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-121041/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION RUKALAF”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d),
193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley
8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION RUKALAF”, con asiento en la Ciudad
de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 400 - Letra:A
Córdoba, 28 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-121275/2015, mediante el cual la
Entidad Civil denominada “FUNDACION EDUCATIVA
PROYECTAR”, con asiento en la Ciudad de San Francisco,
Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Reunión Anual Especial de fecha 30 de Abril
de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a
la Reunión General Ordinaria de fecha 30 de Abril de 2015 por la
Entidad Civil denominada “FUNDACION EDUCATIVA
PROYECTAR”, CUIT N° 30-70929702-9, con asiento en la Ciudad
de San Francisco, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la
Reforma del Estatuto Social, modificando los artículos 1°, 2 y 7° ,
comprendiendo el cambio de nombre por el de “FUNDACION
UNIVERSITARIA PRISTINA DEL RIO DE LA PLATA”, en procura

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