Resolución N° 3963/MCGC/18

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición18 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 3963/MCGC/18
Buenos Aires, 13 de julio de 2018
VISTO:
la Ley Nº 5735/16, el Decreto Nº 429/GCABA/17, la Resolución N° 3799-MCGC-18 y
su rectificatoria Resolución N° 3863- MCGC-2018 y el Expediente Electrónico Nº -
19205122-DGTALMC-MGEYA-2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 5.735 crea el Régimen de Concertación para la Actividad Milongas no
Oficial, con el objeto de diseñar e implementar mecanismos de protección,
fortalecimiento, fomento y promoción de la actividad milonga en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que la precitada Ley establece al Ministerio de Cultura como autoridad de aplicación
del Régimen creado, y lo autoriza a dictar las normas complementarias, a fin de
regular los aspectos contemplados en la misma;
Que el Decreto Nº429/17 reglamenta la referida Ley, y denomina "BAMILONGA" al
indicado Régimen de Concertación;
Que por la Resolución Conjunta N° 3/SECLYT/18, y atento la necesidad de agilizar los
mecanismos de acceso y el procedimiento general de funcionamiento de los
Regímenes de Promoción Cultural, se aprobó la implementación de la solicitud de
subsidios en el marco del presente Régimen a través de la indicada Plataforma;
Que por la Resolución N° 3799-2018-MCGC y su rectificatoria Resolución N° 3863-
2018-MCGC, este Ministerio aprobó la reglamentación atinente a la presentación de
las solicitudes en el marco del indicado Régimen, conforme el Anexo I de "Bases y
Condiciones", identificado bajo N° IF 2018-18743045-DGTALMC; y los formularios
requeridos a los solicitantes, como "Formulario de datos de la persona destinataria del
subsidio", "Formulario de datos del Proyecto", "Declaración jurada solicitud de
subsidio", "Nota solicitud de subsidio", "Modelo de presentación de cronograma de
ejecución presupuestaria", "Modelo de planilla de rendición de gastos" y "Modelo de
nota por compensación de servicios", bajo número de Anexos II (IF 2018-17633665-
DGTALMC), III (IF 2018-17634071-DGTALMC), IV (IF 2018- 17634529-DGTALMC), V
(IF 2018-17635021-DGTALMC), VI (IF 2018-17635978-DGTALMC), VII (IF 2018-
17636771-DGTALMC) y VIII (IF 2018-17637193-DGTALMC), respectivamente;
Que en este contexto y en su carácter de autoridad de aplicación, este Ministerio
propicia la apertura del llamado a convocatoria para la presentación de solicitudes de
subsidio con el objeto de favorecer la protección, fortalecimiento, fomento y promoción
de la actividad milonga no oficial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme
los lineamientos establecidos por la citada normativa;
Que la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención
de su competencia; Por lo expuesto y en uso de las facultades establecidas por la Ley
N°5.735,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5416 - 18/07/2018

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