Resolución Nº 1738/2012

Fecha de disposición06 Agosto 2012
Fecha de publicación30 Agosto 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 6/8/2012

VISTO el expediente Nº 3013 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES de 2008, y la Resolución CNC Nº 4038 del 7 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución CNC Nº 4038 del 7 de diciembre de 2011 se dispuso otorgar el mantenimiento de la inscripción en el Subregistro de Prestadores de Servicios de Mensajería que lleva la Gerencia de Servicios Postales dependiente de esta Comisión Nacional a la empresa VOX SOLUCION EMPRESARIAL S.R.L. para la oferta y prestación de servicios subsumibles en las categorías básicas de Mensajería Urbana, en el ámbito de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y en la Localidad de VICENTE LOPEZ (Provincia de BUENOS AIRES).

Que la mencionada Resolución fue notificada por medio de la cédula diligenciada el 16 de diciembre de 2012 en el domicilio constituido por la firma en trato, haciéndole saber los términos del acto arriba referido.

Que, en fecha 11 de enero de 2012 la empresa VOX SOLUCION EMPRESARIAL S.R.L. interpuso contra el artículo 2º de la mencionada Resolución recurso de reconsideración.

Que en cuanto a la procedencia formal del recurso, cabe destacar que el recurso de reconsideración fue interpuesto dentro del plazo establecido en el artículo 84 del Decreto Nº 1759/72 Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

Que, en su escrito la recurrente manifestó que el artículo 2º de la Resolución recurrida no refleja la ampliación del ámbito geográfico solicitado oportunamente.

Que, sobre el particular, la GERENCIA DE SERVICIOS POSTALES de esta Comisión Nacional ha emitido la correspondiente opinión técnica respecto de la cobertura geográfica pretendida por la firma en trato.

Que, por consiguiente corresponde modificar la redacción del artículo 2º de la Resolución CNC Nº 4038 de fecha 7 de diciembre de 2011, incorporando en el mismo la cobertura geográfica en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y el GRAN BUENOS AIRES (Provincia de BUENOS AIRES).

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de servicio jurídico permanente a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, ha tomado la intervención que le compete y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que esta medida se dicta de conformidad con las...

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