Resolución N° 395 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Julio de 2018 |
Emisor | Dirección General de Educación Secundaria |
Fecha de la disposición | 15 de Mayo de 2018 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 94
CORDOBA, (R.A.) LUNES 21 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN
SECUNDARIA
Resolución N° 395
Córdoba, 15 de mayo de 2018
VISTO: La necesidad de proceder a la cobertura del cargo de Inspector
con carácter titular dependientes de esta Dirección General de Educación
Secundaria, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 10.237 y su Decreto
Reglamentario N° 930/15,
CONSIDERANDO: Que existen en el ámbito de ésta Dirección General
uno (1) cargo de Inspector de Enseñanza Media, declarados desierto por
Resolución N° 0091/18 de la D.G.E.Sec., a los nes de su cobertura con
carácter titular;
Que conforme lo dispone la Ley N° 10.237, en su Art. 10°, una vez decla-
rada la vacancia, esta Dirección procede a efectuar el llamado a Concurso
de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura en carácter de TI-
TULAR del cargo de Inspector en un todo de acuerdo con los Arts. 25°, 27°,
61° cc. y ss. del Decreto Ley 214-E-63 y sus modicatoria;
Que en cumplimiento del Art. 8 del Decreto N° 930/15, la convocatoria a
concurso será publicada por el término de cinco (5) días, en la Página Web
del Gobierno de la Provincia, en el Boletín Ocial, en la sede de Direc-
ción General de Educación Secundaria, en la Junta de Clasicación, en
la Comisión Permanente de Concursos y en las respectivas Inspecciones
Regionales para conocimiento del personal de todos los establecimientos
de esta Dirección General;
Que en virtud de la normativa vigente, se habilita la postulación para el
cargo de Inspector de Enseñanza Media, que se ha declarado la vacancia
para el presente concurso;
Que en el Art. 9° del Decreto N° 930/15 se prevé un término de cinco (5)
días para la inscripción de los aspirantes en el Concurso, a partir de la
última publicación de la convocatoria, la que deberá efectuarse ante la
Comisión Permanente de Concurso, en el domicilio jado en la presente
Resolución;
Que la designación de los Miembros del Jurado, titulares y suplentes, será
por Resolución Ministerial con antelación al inicio del periodo de inscrip-
ción tal como lo establece el Art. 29° del Decreto N° 930/15;
Que las pruebas de oposición previstas en el Art. 25 del Decreto Ley 214-
E-63, se implementarán de acuerdo con la reglamentación de Concursos
establecida en el Decreto N° 930/15 y la Resolución Ministerial 1475/2016;
Por todo ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
RESUELVE
Art. 1º- DECLARAR “ad referéndum” del Ministerio de Educación, la va-
cancia de un (01) cargo de Inspector de Enseñanza Media dependiente
de esta Dirección General de Educación Secundaria, que en el Anexo I,
compuesto por un (01) folio, se detalla y el cual forma parte del presente
instrumento legal.-
Art. 2º CONVOCAR a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para
cubrir un (01) cargo de Inspector de Enseñanza Media que se encuentra
detallado en el Anexo I, teniendo lugar la inscripción de aspirantes en el
período comprendido desde 29.05.18. y hasta el 04.06.18. inclusive, ante
la Comisión Permanente de Concursos.-
Art. 3º- En virtud de haberse declarado en tres oportunidades desierto
el referido cargo por Resol. N° 1007/16, Resol. N° 0422/17 y Resol. N°
0091/18 de D.G.E.Sec., podrán acceder al concurso previsto en el Art. 2° ut
supra todos aquellos docentes que ejerzan CARGO DE DIRECTOR -Titu-
lar o Interino- dependiente de esta Dirección General y dentro del territorio
de toda la Provincia de Cordoba, que reúnan los requisitos establecidos en
el Art. 14 de la Ley 10.237 (modicatorio del Art. 61 - Decreto Ley 214-E-63)
y que a la fecha se desempeñen en el Nivel Secundario Orientado, revis-
tando en situación de servicio activo y no se encuentren incursos en las
causales de inhabilitación previstas en el Art. 11° del Decreto N° 930/15.-
Art. 4º- Los Aspirantes deberán inscribirse ante la Comisión Permanente
de Concursos que funciona en calle Salta 74 - 1° Piso - Bo. Centro – en
el horario de 09.00 a 17.00 hs. (dispuestos de la siguiente documentación:
Formulario de Inscripción; D.N.I. (original y copia); Constancia de Servicios
(original y actualizada); Régimen de Incompatibilidad (original y actuali-
zado); Certicado de no inscripción en el Registro Provincial de Personas
Condenadas por delitos contra la integridad Sexual (Ley N° 9680).-
Art. 5°- Los aspirantes deberán presentar su legajo docente al momento de
la inscripción ante la Junta de Clasicación, la que se constituirá en el mis-
mo domicilio de inscripción, conteniendo documentación de antecedentes
que consideren pertinente a los efectos del concurso, según Anexo III de
la presente resolución.
Aquellos aspirantes que participaron de convocatorias anteriores de Car-
gos Directivos o de Inspectores no deberán presentar nueva carpeta de
antecedentes. Sólo presentarán original y copia del o los índices interve-
nidos por vocal de junta de clasicación y adjuntarán: Copia del D.N.I.,
Constancia de Servicio original y actualizada (máximo 30 días), Régimen
de Incompatibilidad original y actualizado (máximo 30 días). Si no hubiese
coincidencia entre la Constancia de Servicios y el Régimen de Incompa-
tibilidad, el aspirante deberá incorporar instrumentos legales y/o adminis-
trativos que certiquen la situación real y, si tuvieran nuevos antecedentes
acompañados por un nuevo índice por duplicado con los datos del aspiran-
te y el detalle de la documentación a presentar.-
Art. 6°- Los aspirantes se noticarán, al momento de la inscripción, de la
presente Resolución de Convocatoria, del Reglamento de títulos y puntajes
y Resolución Ministerial de designación del jurado, normativa que declara-
rá conocer y aceptar, según lo establece el Art. 14° del Decreto N° 930/15.-
Toda la documentación se encuentra en http://www.cba.gov.ar/concur-
sos-de-cargos-directivos-y-de-inspeccion/
Art. 7°- El Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición se realizará en
dos etapas (Art.24 del Decreto 930/15):
• Etapade VericacióndeTítulos yvaloración de antecedentespor la
Junta de Clasicación.
• Etapade Evaluación de Oposición: PruebaTeóricay Prueba Prácti-
ca con Presentación de Proyecto Institucional y Entrevista ante el Jurado.
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