Resolución Nº 892/2012

Fecha de disposición25 Junio 2012
Fecha de publicación16 Agosto 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 25/6/2012

VISTO el Expediente Nº 1.489.614/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5 y a fojas 6/8 del Expediente Nº 1.489.614/12 obran el Acuerdo y Anexos Complementarios I, II y III, respectivamente, celebrados por la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y C.), por la parte sindical y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el texto convencional de marras se celebra en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 463/06, Nº 553/09 y Nº 1070/09 “E”.

Que en relación con ello, se advierte que en el texto del acuerdo las partes refieren erróneamente al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 463/08, cuando debieran haber referido al Nº 463/06, tal como surge de las aclaraciones de fojas 30 de las presentes actuaciones.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con el alcance de representación de las partes signatarias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo, se estima pertinente el giro de estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin que evalúe la procedencia de elaborar el pertinente proyecto de Base promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Decláranse homologados el Acuerdo y Anexos Complementarios I, II y III obrante a fojas 5 y 6/8, respectivamente, del Expediente Nº 1.489.614/12, celebrados por la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES...

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