Resolución N° 394 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor12 de Mayo de 2022
EmisorEMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA CÓRDOBA - EPEC
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 97
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 12 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
el Nuevo Plan de Trabajo y Curva de Inversión, conforme Planilla que como
Anexo III compuesto de dos (2) fojas, forma parte integrante del presente
instrumento legal.
Artículo 4º.- APRUÉBASE la conformidad expresada por el Consorcio Ca-
minero Único para la ejecución de los trabajos modicatorios y complementa-
rios de que se trata y la renuncia a los gastos improductivos, gastos generales
directos e indirectos como cualquier otro que le pudiera corresponder por la
instrumentación, tramitación y ejecución de los trabajos a realizar.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio
Caminero Único a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
SUBSECRETARÍA DE REGULARIZACIÓN
DOMINIAL Y RECUPERO
DE VIVIENDAS SOCIALES
Resolución N° 176
Córdoba, 10 de Mayo de 2022
VISTO: Las previsiones normativas contenidas en el art. 3 de la Ley Nº
5350 (T.O. Ley Nº 6658).
Y CONSIDERANDO:
Que entre las competencias asignadas legal y reglamentariamente a la
Subsecretaría de Regularización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales,
se encuentra la regularización de obras y proyectos ejecutados por el entonces
Instituto Provincial de la Vivienda o su organismo subrogante, la Dirección de
Vivienda, a cargo del infrascrito conforme lo previene el Decreto Nº 618/2020.
Que dichas actividades se traducen, principalmente, en la confección y
suscripción de documentación técnica para su posterior presentación por ante
organismos catastrales, colegios profesionales y, en su caso, empresas presta-
tarias de servicios, tendientes a la aprobación del proyecto de que se trate.
Que en vistas de ello, y con el propósito de dotar de mayor ecacia
dichas tramitaciones, el suscrito entiende oportuno y conveniente enco-
mendar la rma de toda la documentación técnica necesaria para la regu-
larización de obras y proyectos, al titular de la Dirección con incumbencias
materiales y profesionales para ello.
En mérito de lo expuesto, las atribuciones conferidas por la Ley Nº 8558 y
las previsiones contenidas en el art. 3 in ne de la Ley Nº 5350 (T.O. Nº 6658);
EL SUBSECRETARIO DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Y
RECUPERO DE VIVIENDAS SOCIALES
RESUELVE:
Artículo 1°.- FACÚLTASE al titular de la Dirección de Jurisdicción de
Regularización de Obras y Proyectos de la Dirección de Vivienda, Arq. Car-
los Fernando VIANA, a suscribir en nombre de la Subsecretaría de Regu-
larización Dominial y Recupero de Viviendas Sociales la documentación
técnica necesaria para la aprobación de planes y proyectos habitacionales
desarrollados por el entonces Instituto Provincial de la Vivienda o la Direc-
ción de Vivienda, como organismo subrogante de aquél.
Artículo 2°.- La encomienda de rma dispuesta en el artículo prece-
dente comprenderá toda tarea de mensura a materializar mediante pla-
nimetría, como asimismo toda actuación administrativa a encauzar me-
diante nota, notas aclaratorias o complementarias, declaraciones juradas,
informes y todo otro instrumento a presentar ante los catastros provincial
y municipales, colegios profesionales, empresas prestatarias de servicios
y demás organismos intervinientes en la aprobación de planes y proyectos
habitacionales, que fueren necesarios para la individualización parcelaria
con su debido emplazamiento registral, a los nes del otorgamiento de la
escritura traslativa de dominio a favor de los beneciarios de planes de
vivienda que lleva adelante la Subsecretaría de Regularización Dominial y
Recupero de Viviendas Sociales.
Articulo 3.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y, cumplido, ar-
chívese.
FDO.: FACUNDO. M. CHACÓN, SUBSECRETARIO DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL Y
RECUPERO DE VIVIENDAS SOCIALES, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA
CÓRDOBA - EPEC
Resolución N° 394
Córdoba, 11 de mayo de 2022
VISTO el Expediente Nº 0021-089443/2022 que se relaciona con el llama-
do a Concurso Público y Abierto aprobado por Resolución Nº 0052/2022, y
CONSIDERANDO:
QUE conforme surge de las constancias obrantes en autos, mediante
dicho acto administrativo, adjunto en copia a fs. 12 y vta., oportunamente
se dio comienzo al procedimiento de selección, entre otros puestos, para
tres cargos de Ocial Técnico Principal, Categoría “12”, con denominación
funcional “GG05 Ocial Electrónico”, dependiente de Ocina Instrumenta-

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