Resolución N° 392 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor28 de Enero de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2021
VIERNES 28 DE ENERO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 23
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 392 ................................................................. Pag. 1
Resolución N° 394 ................................................................. Pag. 2
Resolución N° 413 ................................................................. Pag. 3
Resolución N° 440 ................................................................. Pag. 4
SECRETARÍA DE ARQUITECTURA
Resolución N° 524 ................................................................. Pag. 5
Resolución N° 542 ................................................................. Pag. 6
TRIBUNAL DE CUENTAS
DIRECTOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN Y GESTIÓN
Resolución N° 1 ..................................................................... Pag. 8
Resolución N° 2 ..................................................................... Pag. 9
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N° 90 ..................................................... Pag. 10
Resolución General N° 94 ..................................................... Pag. 13
Resolución General N° 95 ..................................................... Pag. 17
Resolución General N° 96 ..................................................... Pag. 21
Resolución General N° 97 ..................................................... Pag. 24
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 392
Córdoba, 19 de noviembre de 2021
Expediente Nº 0047-008672/2020/R4.-
VISTO: este expediente en el que el señor Secretario de Arquitectura propi-
cia por Resolución Nº 472/2021, la aprobación de la Segunda Adecuación
Provisoria de Precios por la variación de costos vericada en el mes de
Mayo del 2021 en la obra: “EJECUCIÓN DE PLATEA Y COMPACTACIÓN
DEL SUELO PARA UNA AMPLIACIÓN MODULAR DEL HOSPITAL FLO-
RENCIO DIAZ PARA ALOJAR PACIENTES DEL SERVICIO DE SALUD
MENTAL, a emplazarse en el predio del HOSPITAL FLORENCIO DIAZ,
ubicado en Barrio José Ignacio Díaz, LOCALIDAD CORDOBA- DEPARTA-
MENTO CAPITAL – PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas, en adelante POP, de con-
formidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario N°
750/2019, Resolución N° 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Mo-
dernización, Resolución N° 20/2019 de la Dirección General de Compras
y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación comple-
mentaria de aplicación en la especie, entre otros extremos.
Que la Adecuación de Precio de que se trata encuadra en las previsio-
nes del Decreto Nº 800/2016, modicado por su similar Nº 30/2018, dispo-
siciones de la Resolución Nº 223/2016 del entonces Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales y Art. 22 del Pliego Particular de Condiciones
de la obra de referencia.
Que la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio ad-
vierte la existencia de un archivo titulado “Índice”, haciendo plena fe de su
contenido.
Que mediante Resolución Ministerial Nº 273/2021 de fecha 30 de di-
ciembre del 2020, se adjudicó la ejecución de la referida obra a la empresa
WAQUIM NINI PABLO ANDRES, suscribiéndose el pertinente contrato el
día 10 de marzo del 2021, con un plazo de ejecución de obra de 35 días a
contar desde la suscripción del Acta de Replanteo, la cual fue confecciona-
da con fecha 19 de abril del 2021. Asimismo, obran en autos Resolución de
la Secretaría de Arquitectura N° 316/2021 ampliando en 125 días el plazo
de ejecución para la concreción de la obra y su similar Resolución Ministe-
rial N° 241/2021 aprobando la primera Adecuación de Precios.
Que consta en autos Solicitudes de Adecuaciones Provisorias realiza-
das por la empresa WAQUIM NINI PABLO ANDRES, suscriptas digitalmen-
te con fecha 23 de abril y del 4 de mayo, ambas del 2021.
Que la Jefatura de Área Estudios de Costos de la Secretaría de Arqui-
tectura incorpora informe técnico, junto a su similar titulado “Adecuación
Provisoria – Obra Faltante a Ejecutar – Mayo/2021” de los cuales surge
que los cálculos practicados se hallan en consonancia con lo dispuesto
por el Decreto Nº 800/2016 y, que a la fecha del segundo salto el porcen-
taje físico ejecutado de obra era del 12.80% (conforme Certicación N°
001-1 y Medición Mensual N° 001 correspondiente al período Abr-2021)
y, que la variación al mes de mayo del 2021 alcanzó un 9,73%, lo que
representa económicamente un incremento de $ 670.358,92, siendo que
el nuevo monto del contrato adecuado de la obra asciende a la suma de $
13.740.896,90. Asimismo, informa también, que “…en el mes de Abril NO
da salto para la adecuación…”, siendo la variación de referencia del 1,53%.
Que consta en autos Planilla de Índices, de Coecientes y de Monto de
Obra faltante de ejecutar.
Que se ha incorporado en autos el Formulario de Aceptación de Ade-
cuación Provisoria de Precios, suscripta por el señor representante de la
contratista, por la que acepta la Segunda Adecuación Provisoria de Precios
por las variaciones de costos vericadas en el mes de mayo del 2021,
habiendo renunciado la contratista a todo reclamo, conforme lo estipulado
por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado en las presentes actuaciones el Documento Con-
table - Nota de Pedido N° 2021/000464 que certica la reserva presupues-
taria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 449/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que de conformidad
a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimenta-
dos los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016,
modicado por el Decreto N° 30/2018 y disposiciones de la Resolución
Ministerial Nº 223/2016, atento a que se ha vericado una variación en
los precios ponderados de los factores de costos del contrato, superior al
cinco por ciento (5%) respecto a los valores contractuales vigentes, pu-

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