Resolución N° 698/GCABA/MCGC/06

FirmantesFajre
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2006

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE CULTURA

RESOLUCIÓN N° 698/ GCABA/ MCGC/ 06

PATRICIA A. KRALY - DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LAS CALIFICACIONES OTORGADAS EN EL CONCURSO PARA CUBRIR CARGOS EN EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD TEATRAL NO OFICIAL - PROTEATRO

Buenos Aires, 01/06/2006

Visto el Expediente N° 32.603/05 y la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407),

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 448-SC/05 se ha aprobado el Reglamento para la Selección de los Miembros del Directorio de PROTEATRO previstos en el artículo 3° inciso c) del Decreto N° 845/00 (B.O.C.B.A. N° 968);

Que el jurado interviniente en el concurso de antecedentes y oposición para completar cargos en el directorio de PROTEATRO fue designado mediante la Disposición N° 1-DP/05;

Que se han labrado actas de las reuniones del mencionado jurado las que obran en el expediente de la referencia;

Que el jurado ha analizado las presentaciones de los postulantes, otorgando puntajes y confeccionando una nómina de quienes pasaron a la evaluación sobre propuesta y motivación;

Que evaluada la Propuesta y Motivación, los resultados de la prueba de oposición con el detalle de los puntajes asignados por cada miembro del jurado obra en planillas agregadas en el expediente, como asimismo el cuestionario de oposición de los postulantes;

Que la Sra. Patricia Kraly ha impugnado en los términos del artículo 21 del reglamento del concurso el puntaje que le fuera otorgado al Sr. Ariel Accinelli;

Que la impugnación fue rechazada por el jurado haciendo saber a la interesada que la decisión adoptada respecto de las calificaciones en el concurso resulta irrecurrible;

Que el citado reglamento en modo alguno invalida la vía recursiva prevista en la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1.510/97 que garantiza el derecho de defensa de los administrados ante todo acto de la Administración;

Que la presentación efectuada el 22 de junio de 2005 por la Sra. Kraly reviste el carácter del recurso jerárquico previsto en los artículos 108 y ccs de la Ley de Procedimientos Administrativos;

Que la mencionada presentación ha sido efectuada en tiempo oportuno por lo que corresponde su tratamiento en esta instancia;

Que lo cuestionado por la recurrente es la forma, criterios y fundamentos con los que se calificó la prueba de oposición;

Que los Directores Administrativo y Ejecutivo de PROTEATRO han...

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