Resolución N° 142/GCABA/08
Firmantes | Molinero |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 20 de Mayo de 2008 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESOLUCIÓN N° 142/ GCABA/ 08
Se autorizan cortes de tránsito vehicular
Buenos Aires, 20/05/2008
Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución N° 558-SsSu-SsPyCEP-SSTyT-2006 y el Registro N° 4386-DGTRANSI-2008, y
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;
Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente;
Que, por el Registro mencionado, el Ejercito Argentino, solicita permiso para efectuar el corte total de las calzadas de Bolívar entre Av. Av. de Mayo e Hipólito Yrigoyen, el día martes 20 de mayo del 2008, en el horario de 20 a 22 horas, y el día jueves 22 de mayo del 2008, en el horario de 18 a 21 horas, con motivo de realizar la Ceremonia de cambio de guardia;
Que, la Dirección General de Transito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados;
Que, la Dirección General de Seguridad Vial, considera que los cortes solicitados son viables, dejando a consideración de la Subsecretaria de Seguridad Urbana, para el dictado del acto administrativo respectivo;
Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba