Resolución N° 39/SSGMO/20

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 39/SSGMO/20
Buenos Aires, 13 de enero de 2020
VISTO: la Ley N.º 2148 (texto consolidado según Ley N.º 6017), el Decreto N.º 463-
GCABA/19, el Expediente N.º EX-2019-37898192- -GCABA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto, la U.T.E. Altote S.A. - Naku
Construcciones S.R.L. solicita el permiso para la afectación al tránsito de la Av.
Comodoro Martín Rivadavia, con motivo de la obra "Mejoramiento de la eficiencia
hidráulica del emisario principal del Arroyo Medrano";
Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente,
concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes
que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de
tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas;
Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de
Gestión de la Movilidad se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y
avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación
y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio
del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Resolución N.º 13-SECTRANS/19 y su rectificatoria la N.º 30-
SECTRANS/19, de la Secretaría de Transporte, se aprobó el Manual General de
Señalización Vertical y el Manual de Señalización Vial Transitoria, mediante los cuales
se establecen los lineamientos básicos para regular las señales y dispositivos a los
fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será
utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía,
ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para
ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de
circulación en los actores viales;
Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo
garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda
la ciudadanía;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la
U.T.E. Altote S.A. - Naku Construcciones S.R.L. a afectar al tránsito la Av. Comodoro
Martín Rivadavia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la U.T.E. Altote S.A. - Naku Construcciones S.R.L. a realizar el
cierre total del sentido oeste - este de la Av. Comodoro Martín Rivadavia entre Av.
Cabildo y Vuelta de Obligado, sin afectar bocacalles, a partir del 15 de enero de 2020
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5788 - 27/01/2020

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