Resolución N° 1015/GCABA/MSGC/08

FirmantesLemus
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCIÓN N° 1015/ GCABA/ MSGC/ 08

RESUELVE ARCHIVAR EL SUMARIO N° 63-07 - MINISTERIO DE SALUD

Buenos Aires, 16/05/2008

Visto el Expediente N° 13.393/2007 e inc. y;

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación, el Ministerio de Salud dispuso, mediante Resolución N° 293/MSGC/2007, la instrucción del presente sumario administrativo con el objeto de investigar los hechos y atribuir o deslindar responsabilidades con respecto al faltante de un Electrocardiógrafo Marca CARDIETTE Modelo START 100P Serie N° AAD044, inventariado bajo el número 11.334, perteneciente al Servicio de Unidad Terapia Intensiva del Hospital General de Agudos Abel Zubizarreta, ocurrido el 28 de Julio de 2006;

Que a.fs. 2 del Expediente incorporado N° 71.227/2006, obra certificado de denuncia policial de la Comisaría N° 45 de la Policía Federal Argentina interpuesta por la Dra Paula Gelmi, médica, Jefa a cargo de la Unidad de Terapia Intensiva del establecimiento;

Que a fs. 7 del Expediente incorporado, obra el informe del sector de patrimonio y recepción definitiva, en el que consta el valor de inventario y actualizado del elemento sustraído;

Que a fs 16/34 obran los informes individuales del personal que cumple funciones en el servicio donde ocurrió el hecho, de conformidad con lo establecido en el Comunicado publicado en el Boletín Oficial N° 590/1998;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informó que abierta la etapa instructoria, se recibió declaración informativa a la Dra. Paula Gelmi, Jefa de la Unidad de terapia Intensiva (fs. 6 y vta.) y a la Licenciada Elena Noemi Espinosa, Jefa de de Sección de Enfermería de la Unidad de Terapia Intensiva (fs~: 7 y vta.), Expediente N° 13393/2007;

Que a fs. 11 se acompaña informe sobre la Causa N° C-13-10.980, Caratulada N.N. S/ Hurto, en trámite oportuno ante la Fiscalía Correccional N° 13, de donde resulta que con fecha 12 de septiembre de 2006 se remitió la misma a la Dirección General de Investigaciones con Autores Desconocidos para su archivo;

Que el órgano Asesor Legal manifestó: ...de las probanzas colectadas por la Instrucción no es posible determinar las circunstancias de modo y tiempo en las que pudo efectuarse la sustracción del electrocardiógrafo, máxime teniendo en cuenta que se trata de un objeto de pequeñas dimensiones, según los dichos de Gelmi, como así tampoco pueden delimitarse responsabilidades por omisión en la...

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