Resolución N° 382 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 210 CÓRDOBA, 2 de Noviembre de 20152
INSCRIPCIÓN PARA PADRONES DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS “REEMPLAZANTES”
1) El Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba convoca a inscripción para la confección de padrones de
Magistrados, Fiscales y Asesores Letrados “reemplazantes” a : A) Postulantes incluidos en los Ordenes de Méritos
confeccionados por el Consejo de la Magistratura para un cargo afín al fuero donde se desempeñaba el Magistrado o
Funcionario a reemplazar, tanto los que se encuentren vigentes como aquellos prorrogados a ese sólo efecto en los términos
del art. 31 de la Ley 8802; B) Magistrados, Fiscales y Asesores Letrados que gocen del beneficio jubilatorio ordinario o
reducido y tengan una antigüedad menor a cinco (5) años aniversarios en tal condición, para reemplazar a Magistrados o
Funcionarios en un cargo igual o de competencia material afín a aquel en el que hubieran ejercido sus funciones; y que no
estén comprendidos en las prohibiciones del art. 56 de la Ley 8435, según redacción de la Ley n° 9281. 2) La presentación
para ser incluido en los padrones de Magistrados, Fiscales y Asesores Letrados “reemplazantes” (principal o subsidiario
según corresponda) deberá efectuarse desde el día seis de noviembre de 2015 (06-11-15) hasta el día veintiséis de
noviembre de 2015 (26-11-15) inclusive, en los términos, condiciones y con los requisitos exigidos por las Leyes nº 8435,
7826 y 7982 en la Sede del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba, sita en Avda Gral. Paz 70, 6º piso de
la ciudad de Córdoba, de lunes a viernes de 8:30 a 20:00 hs. Los interesados deberán completar solicitud de inscripción -
con fotografía- y acompañar: a) Declaración jurada patrimonial (o actualizar la ya presentada oportunamente) a los fines de
la evaluación de la situación económico-financiera actual del postulante; b) Antecedentes curriculares, en el supuesto de
Magistrados, Fiscales y Asesores Letrados jubilados. En la solicitud deberá consignarse la sede en la que el interesado está
dispuesto a desempañar la función de reemplazante y el/los cargo/s afines. Dr. Luis E. Rubio, Presidente - Dra. Graciela del
Valle Chayep, Ministro de Justicia y Derechos Humanos 3 días - Nº 28799 - s/c - 04/11/2015 - BOE
CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA
DIRECCIÓN DE
INSPECCN DE PERSONAS
JURÍDICAS
Resolución N° 382 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-120919/2015 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL CAMINANDO A
LA PAR”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b),
168, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL CAMINANDO A LA PAR”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 383 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-116105/2014 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO
BARRACA CENTRAL”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b),
168, 169 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO BARRACA CEN-
TRAL”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 384 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-120284/2015 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “Asociación Civil BÁDMINTON AGUA
DE ORO”, con asiento en la Localidad de Agua de Oro, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b),
169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “Asociación Civil BÁDMINTON AGUA DE ORO”, con
asiento en la Localidad de Agua de Oro, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
SResolución N° 385 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-120765/2015 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL SALVANDO
VIDAS”, con asiento en la Ciudad de General Deheza, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b),
168, 169 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL SALVANDO VIDAS”, con
asiento en la Ciudad de General Deheza, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 386 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0528-120207/2015 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “ASOCIACION CORDOBESA DE
PAINTBALL-ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Ciudad de

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