Resolución Nº 380 'A'

EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
13
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 243
CORDOBA, (R.A.), MARTES 6 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACIÓN
PRO ENDURO CORDOBA, con domicilio social en la Provincia de Córdo-
ba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“FUNDACIÓN PRO ENDURO CORDOBA.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la ins-
cripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los
nes de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 379 - Letra:A
Córdoba, 22 de Noviembre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0712-000041/2016, mediante el cual la entidad civil
denominada “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE CAPACITACION Y DESA-
RROLLO DE ARTES Y OFICIOS DE TRASLASIERRA (CE.CA.DE. ASO-
CIACION CIVIL)”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, Repú-
blica Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona
Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION
CIVIL CENTRO DE CAPACITACION Y DESARROLLO DE ARTES Y
OFICIOS DE TRASLASIERRA (CE.CA.DE. ASOCIACION CIVIL)”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a fun-
cionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denomina-
da “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE CAPACITACION Y DESARRO-
LLO DE ARTES Y OFICIOS DE TRASLASIERRA (CE.CA.DE. ASOCIA-
CION CIVIL)”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los fines de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el
previo cumplimiento de lo normado por el presente ar tículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, not ifíquese, publíquese en el Bo-
letín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones
para la inscripc ión en el registro pertinente y arc hívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTO R GENERAL DE INSPEC-
CIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 380 - Letra:A
Córdoba, 22 de Noviembre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0007-128831/2016, mediante el cual la entidad civil
denominada “FUNDACIÓN VIBRAS”, con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar
como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los ar ts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las faculta-
des conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACIÓN
VIBRAS”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argen-
tina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“FUNDACIÓN VIBRAS”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la ins-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR