Resolución N° 38 - Letra: D 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 14 de Marzo de 2022 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 54
CORDOBA, (R.A.) LUNES 14 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Resolución N° 37 - Letra:D
Córdoba, 10 de marzo de 2022
VISTO: El Expediente Nº 0885-175586/2022, por el que se gestiona la
creación del Fondo Permanente “P” – Publicidad - del Ministerio de Vincu-
lación Comunitaria, Protocolo y Comunicación.
Y CONSIDERANDO:
Que, atento lo postulado por el señor Ministro de Vinculación Comuni-
taria, Protocolo y Comunicación y considerando el informe técnico-contable
extendido por la Dirección de Jurisdicción de la Subsecretaria de Tesorería
General y Crédito Público de esta Cartera de Estado, deviene conveniente
en este estadio la creación de un Fondo Permanente a los nes de cu-
brir las erogaciones que se generen en la difusión de la actividad ocial,
planes, programas, obras de gobierno, así como también la coordinación
general con los medios de comunicación.
Que obra incorporado bajo el orden 1 – N° de documento: CBA_JEFA-
TESO01_2022_00000004 - Formulario T2 - SOLICITUD DE APERTURA,
MODIFICACIÓN O CIERRE DE FONDOS PERMANENTES – suciente-
mente completo y suscripto por el señor Ministro de Vinculación Comunita-
ria, Protocolo y Comunicación.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación.
Que la fuente de nanciamiento del Fondo Permanente cuya creación
se propicia está constituida por el Tesoro Provincial.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subsecreta-
ría de Tesorería General y Crédito Público a fs. 7, de acuerdo con lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº
81/2022 y en los términos de la Resolución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1° CREAR el Fondo Permanente “P” – Publicidad - del Minis-
terio de Vinculación Comunitaria, Protocolo y Comunicación por la suma de
PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000,00), sin límite por cada
pago, del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo del
citado Ministerio, todo conforme al detalle analítico incluido en el Formu-
lario T2 - SOLICITUD DE APERTURA, MODIFICACIÓN O CIERRE DE
FONDOS PERMANENTES -, incorporado en autos bajo el Orden 1, N° de
documento: CBA_JEFATESO01_2022_00000004, que como anexo forma
parte integrante de la presenta resolución.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a la Subsecretaría de Tesorería General y Crédito Público,
al Servicio Administrativo del Ministerio de Vinculación Comunitaria, Proto-
colo y Comunicación y a Contaduría General de la Provincia, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N° 2022/D-0000037
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Por encomienda de rma- Resolución Ministerial N° 119/2020
ANEXO
Resolución N° 38 - Letra:D
Córdoba, 10 de marzo de 2022
VISTO: El Expediente Nº 0885-175582/2022, por el que se gestiona la
creación del Fondo Permanente “D” – Ayudas Directas - del Ministerio de
Vinculación Comunitaria, Protocolo y Comunicación.
Y CONSIDERANDO:
Que, atento lo postulado por el señor Ministro de Vinculación Comuni-
taria, Protocolo y Comunicación y considerando el informe técnico-contable
extendido por la Dirección de Jurisdicción de la Subsecretaria de Tesorería
General y Crédito Público de esta Cartera de Estado, deviene conveniente
en este estadio la creación de un Fondo Permanente a los nes solventar
ayudas a la comunidad como una herramienta directa que permiten resol-
ver sin demoras las distintas situaciones de coyuntura que se presenten.
Que obra incorporado bajo el orden 1 – N° de documento: CBA_JEFA-
TESO01_2022_00000001 - Formulario T2 - SOLICITUD DE APERTURA,
MODIFICACIÓN O CIERRE DE FONDOS PERMANENTES – suciente-
mente completo y suscripto por el señor Ministro de Vinculación Comunita-
ria, Protocolo y Comunicación.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación.
Que la fuente de nanciamiento del Fondo Permanente cuya creación
se propicia está constituida por el Tesoro Provincial.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subse-
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