Resolución N° 38 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 10 de Octubre de 2017 |
Emisor | Ministerio de Gobierno |
Fecha de la disposición | 1 de Agosto de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 155
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 10 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Ciento Sesenta y Tres Millones Trescientos Veinticuatro Mil Nove-
cientos Cincuenta y Seis ($ 163.324.956,00), conforme lo indica el Depar-
tamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2017/000040, de
acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida 12.06.00.00, Centro de
Costo 1810, Obras - Ejecución por Terceros del P.V. …………………… $
100.000.000,00
Presupuesto Futuro Año 2018………………………………....$ 63.324.956,00
Artículo 4º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el contrato pertinente, previa constitución por
parte de la adjudicataria de la correspondiente garantía de cumplimiento y
demás recaudos de ley.
Artículo 5°.- AUTORÍZASE al Departamento I Administración y Perso-
nal de la Dirección Provincial de Vialidad, a devolver las Pólizas de Garan-
tía de Mantenimiento de Oferta oportunamente constituidas.
Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento I
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal
de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notifíquese, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y archí-
vese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
MINISTERIO DE GOBIERNO
DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 38
Córdoba, 01 de agosto de 2017.-
VISTO el Expediente N° 0458-050851/2017, en cuyas actuaciones la Mu-
nicipalidad de Villa Giardino, solicita se proceda a la recepción de examen
para acreditar los conocimientos, condiciones y capacidades que habiliten
a personal de su dependencia y localidades aledañas que aspiran a obte-
ner matricula en calidad de Evaluadores Teórico Practico para la Emisión
de Licencias de Conducir y Autoridad de Control en Normas de Transito y
Seguridad Vial.
Y CONSIDERANDO.
Que el artículo 5 de la Ley de Tránsito N 8.560 dene en calidad de
Autoridad de Control, entre otros,...al organismo que determine la autori-
dad municipal o comunal de las jurisdicciones que adhieran a la presente
Ley y su Reglamentación, y cuyo personal esté especialmente capacitado
mediante los cursos para el control del tránsito….
Que así también y junto a la autoridad de control mencionada, la nor-
mativa exige capacitación previa para el personal que tendrá a su cargo
las distintas evaluaciones teórico-prácticas de conducción Art.10, inciso 4,
apartado “a” e inciso 6),del Decreto N° 318/07, reglamentario de la Ley
Provincial de Tránsito 8.560).
Que la Jefatura de División Capacitación, de esta Dirección General
de Prevención de Accidentes de Tránsito, produce informe circunstanciado
de tal proceso de evaluación, situación de la que dan cuenta el Acta N°
300617 – Villa Giardino.-
Que conforme lo determina el referido Artículo 10, inciso 6) del plexo
normativo supra consignado, esta Dirección de Prevención de Accidentes
de Tránsito puede disponer la entrega de los Certicados pertinentes.
Que tales nes, y habiéndose satisfecho las exigencias legales de ri-
gor, corresponde dictar el instrumento que habilite al personal en calidad
de Autoridades de Control y Evaluadores Teórico-Prácticos y ordenar su
inscripción en los Registros pertinentes.
Por ello y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de esta Dirección
bajo el N° 51/2017:
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
R E S U E LVE:
1°.- APROBAR lo actuado respecto del proceso de evaluación realiza-
do en la localidad de Villa Giardino. para personal de su dependencia y de
Municipalidades y Comunas aledañas, llevado adelante por dependencias
técnicas de esta Dirección y que concluyera con la instrumentación del
ActaN°300617;y,enconsecuencia,HABILITARencarácterdeAutorida-
des de Control y Evaluadores Teórico Prácticos para le emisión de Licen-
cias de Conducir al personal nominado en los Anexos I y II, que forman
parte de la presente resolución.
2°.- ORDENAR por la División – Capacitación de esta Dirección, se
proceda a la inscripción en los registros pertinentes a las personas habi-
litadas por la misma, consignadas en el Anexo I y II que forman parte de
la presente Resolución, con los números de Matrícula asignados en los
mismos.
3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: DR. MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
anexo: https://goo.gl/1s8PcX
PODER JUDICIAL
ACUERDO REGLAMENTARIO NUMERO MIL CUATROCIENTOS TREIN-
TA Y SIETE.- SERIE “A” En la ciudad de Córdoba, a dos días del mes de
agosto del año dos mil diecisiete, con la Presidencia de su Titular, Dra.
Aída Lucía Teresa TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vo-
cales del Tribunal Superior de Justicia, Domingo Juan SESIN, María Marta
CÁCERESdeBOLLATIy SebastiánCruz LÓPEZPEÑA, conla asisten-
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