Resolución Nº 589/2012

Fecha de disposición03 Mayo 2012
Fecha de publicación05 Junio 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 3/5/2012

VISTO el Expediente Nº 1.489.877/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se inician las presentes actuaciones con la solicitud de homologación del Acuerdo que luce a foja 2, celebrado entre la UNION OBRERA MOLINERA ARGENTINA (U.O.M.A.), por el sector sindical y el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS AVICOLAS (C.E.P.A.), por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente, las partes convienen el pago de una asignación de carácter no remunerativo por única vez, en los términos y condiciones allí pactadas para los trabajadores comprendidos en la Rama Fabricantes de Alimentos Balanceados Avícolas del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 66/89.

Que los agentes negociales se encuentran legitimados para alcanzar el Acuerdo traído a estudio, conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que asimismo han ratificado el contenido y firmas insertas en el texto convencional celebrado, acreditando su personería con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA MOLINERA ARGENTINA (U.O.M.A.) y el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS AVICOLAS (C.E.P.A.) que luce a foja 2 del Expediente Nº 1.489.877/12.

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION...

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