Resolución Nº 531/2012

Fecha de disposición20 Abril 2012
Fecha de publicación31 Mayo 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 20/4/2012

VISTO el Expediente Nº 1.483.703/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.483.703/11 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD, por el sector sindical, y la ASOCIACION CORDOBESA DE AGENCIAS DE PUBLICIDAD, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional concertado se establece una recomposición salarial para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/89 que labora en las agencias de publicidad de la provincia de Córdoba, dentro de los términos y lineamientos estipulados en su texto al cual se remite.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia de representatividad de los agentes firmantes.

Que las partes se encuentran legitimadas para alcanzar el presente, conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que asimismo han ratificado el contenido y firmas insertas en el Acuerdo traído a estudio, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente, con las constancias obrantes en autos.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, una vez dictado el pertinente acto homologatorio, deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE LA PUBLICIDAD, por el sector sindical, y la ASOCIACION CORDOBESA DE AGENCIAS DE PUBLICIDAD, por el...

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