Resolución N° 376 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición17 de Abril de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 76
CORDOBA, (R.A.), LUNES 24 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
to de cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecuta-
rán a través de los consorcios camineros subcontratistas integrante del
Consorcio Caminero Regional N° 15 de conformidad a la previsión del
artículo 15 IV ap. 4 y 6 del Pliego Particular de Condiciones.
Que el citado Departamento manifiesta que “…el Consorcio Cami-
nero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas
para ser el adjudicatario del presente contrato de obra en las redes sin
pavimentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las
mencionadas redes”. “(…) éste modo de contratación, va a producir un
significativo ahorro económico del proceso administrativo, celeridad,
eficiencia y eficacia, basado en el concurso activo y concertado de
varios consorcios para realizar una función única de conservar, cuyo
efecto es superior a la suma de los efectos individuales”.
Que en autos el Presidente del Consorcio Caminero Regional N°
15 suscribe Acta de Conformidad, para la ejecución de la obra de ma-
rras por la suma de $ 20.990.000,00 comprometiéndose a ceder los
pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontratistas
integrantes de su Regional.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N°
2017/000157, que cer tifica la reserva presupuestaria para atender a la
erogación que lo gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dis-
puesto por el artículo 7, inc b, ap. 4) de la Ley Nº 8614, artículo 2 de
la Ley Nº 6233, artículo 42 de la Ley Nº 10.410, lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales con el N° 682/2016, por Fiscalía de Estado
bajo el N° 78/2017, y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el Consorcio Ca-
minero Regional Nº 15, la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO CA-
MINOS DE TIERRA – REGIÓN 15 – DEPARTAMENTO: RÍO CUARTO -
AÑO 2017”, por la suma de Pesos Veinte Millones Novecientos Noventa
Mil ($ 20.990.000,00).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de
Pesos Veinte Millones Novecientos Noventa Mil ($ 20.990.000,00), a
Jurisdicción 1.50, Programa 504-006, Partidas 12.06.00.00 – Obras –
Ejecución Por Terceros – del Presupuesto Vigente Año 2017, conforme
lo indica el Documento Contable – Nota de Pedido Nº 2017/000157.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departa-
mento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente del Ministerio Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, al
Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y
archívese.
FDO: JUAN S CHIARETT I, GOBE RNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE
VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDO-
BA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 376
Córdoba, 17 de abril de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0111-061358/2013, del registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0710/16, de la Dirección General de Institu-
tos Privados de Enseñanza, se aprueban las modicaciones del Plan de
Estudios de la Carrera “Tecnicatura Super ior en Gestión de la Producción
Agropecuaria” -Opción Pedagógica Presencial-, de tres (3) años de dura-
ción, que otorga el título de “Técnico Superior en Gestión de la Producción
Agropecuaria”, en el Establecimiento Privado Adscripto Instituto “VIRGEN
NIÑA” -Nivel Superior- de Justiniano Posse, Departamento Unión, con efec-
to a Marzo de 2016.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326, encontrándose tal deter-
minación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución
de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, el Dictamen N° 3022/16 del Área Jurídica de este Ministerio, lo
aconsejado a fs. 219 por la Dirección General de Asuntos Legales y en uso
de las atribuciones conferidas por Decreto 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0710/2016, de la Dirección Ge-
neral de Institutos Privados de Enseñanza, la que compuesta de una (1)
foja útil, se adjunta y forma parte del presente instrumento legal, por la
que se aprueban las modicaciones del Plan de Estudios de la Carrera
“Tecnicatura Superior en Gestión de la Producción Agropecuaria” -Opción
Pedagógica Presencial-, de tres (3) años de duración, que otorga el título
de “Técnico Superior en Gestión de la Producción Agropecuaria”, en el Es-
tablecimiento Privado Adscripto Instituto “VIRGEN NIÑA” -Nivel Superior-
de Justiniano Posse, Departamento Unión, con efecto a Marzo de 2016.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Anexo: https://goo.gl/UljY1H

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