Resolución N° 375-MAYEPGC/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición23 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 375/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 19 de marzo de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 471 y Nº 1218, el Decreto Nº 3360/GCBA/68, el Expediente Electrónico
30061986-MGEYA-DGTALMAEP/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto, tramita la denuncia realizada por el Ente de
Higiene Urbana, por medio de la cual se informa que se produjo el hurto de CINCO (5)
palas de palear y CINCO (5) cepillos, pertenecientes al área patrimonial de ese
organismo, que se encontraban en los contenedores ubicados en el perímetro
comprendido la calle Soldado de la Frontera n° 5210, de esta Ciudad;
Que el Sr. Rubén Darío Solís, ficha N° 456.760, encargado de las herramientas en
cuestión, realizó la correspondiente denuncia policial ante la Comisaría Nº 52, de la
cual surge que el hurto se produjo entre los días 12/01/16 y 13/01/16;
Que en Orden 6, mediante Informe N° IF 2016-02050628-EHU, obra la nota de fecha
13/01/2016 confeccionada por el Capataz Rubén Solís (F.M 456.760) dirigida al
Subgerente de Barrido de Calles del Ente de Higiene Urbana-, en donde dijo que:
"....Cumpliendo mi tarea habitual, comprobé el hurto de cinco (5) palas de palear y
cinco (5) cepillos monofilamento con sus respectivos palos que estaban adentro del
contenedor perteneciente al cuadro nº 11 situado en Soldado de la frontera 5210
(C.A.B.A)...".;
Que mediante Informe N° 25677982-EHU/2017, el Ente de Higiene Urbana informó
que el valor de las herramientas y útiles de trabajo para obra es de PESOS CIENTO
SIETE ($107);
Que habiendo sido consultada la Dirección General de Sumarios de la Procuración
General de Ciudad, tal como lo establece la Ley N° 1218, la misma se expidió en el
Informe N° 02872988-DGSUM/2018, mediante el cual sugiere a sustanciación de un
sumario administrativo a fin de que se investigue la real ocurrencia de los hechos que
habrían causado la sustracción de los bienes pertenecientes al erario público, toda vez
que el agente responsable de su tenencia y/o uso tiene como obligación el cuidado y
conservación de los elementos y/o herramientas que estén a su cargo;
Que por lo expuesto, corresponde ordenar la instrucción de un sumario administrativo,
a fin de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, y posteriormente, determinar si
corresponde atribuir responsabilidades.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE
Artículo 1º.- Instrúyase sumario administrativo a los fines de investigar los hechos y
determinar las eventuales responsabilidades que pudieran surgir, respecto a la
denuncia realizada por el Sr. Rubén Darío Solís, por el hurto de CINCO (5) palas de
palear y CINCO (5) cepillos, pertenecientes al Ente de Higiene Urbana.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5341 - 23/03/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR