Resolución N° 375 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 208
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 25 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Competencias especícas para su desempeño. Principios éticos. Diferen-
cias con el rol de la profesión de base y otras guras vinculadas con los
distintos métodos de resolución de conictos. 7) Paradigmas de Justicia:
Justicia Sancionatoria y Justicia Restaurativa. 8) Diferentes ámbitos de
aplicación de la mediación.
Artículo 5°: Los Tribunales evaluadores estarán integrados por los si-
guientes miembros: Titulares: Dra. Silvina Schmitt, Dra. María José Oliva,
Cr. Pablo Garrido; Dra. Sonia Zilberberg, Lic. Graciela Valle de Vedelago,
Dr. Leonardo Colazo; Lic. Noris Ferrel, Dra. Susana Vincenti de Coffa, Ing.
Gustavo Brane; Cra. Silvia Capetinich, Prof. Marcela Llanos, Dr. Iván Po-
chettino. Suplentes: Dra. Ana María Sucaría, Lic. Karin Bogni, Cr. Osvaldo
Weiss; Lic. Susana Altamira, Dra. María Etelvina Soria de Ancarani, Dr.
Daniel Gay Barbosa; Cra. Elena Biasutto, Dra. Gabriela Magris, Dr. Fabio
Straini; Lic. Zulma Dinca, Dra. Celia Piñero, Lic. Gustavo Fernández. Di-
chos Tribunales podrán ser habilitados en número suciente conforme a
las necesidades que surjan en virtud de la cantidad de aspirantes que se
inscriban para la evaluación.
Artículo 6°: Los resultados serán publicados de conformidad a lo estable-
cido en el artículo 12 de la Resolución N° 050/2008.
Artículo 7°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: MARÍA DÉBORA FORTUNA, DIRECTORA - DIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN
DE MEDIACIÓN - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 375
Córdoba, 20 de octubre de 2017
VISTO:
El expediente Nº 0716-004851/2017, por el que se tramita la ampliación
transitoria del Fondo Permanente “C” –SECRETARÍA DE PROMOCIÓN
DEL EMPLEO- de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de
este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Administrativos,
determinando su régimen y límites.
Que conforme lo faculta la Resolución Ministerial N° 341/09, la Secretaría
de Administración Financiera autorizó la ampliación transitoria solicitada
para dicho Fondo Permanente mediante Memorandum Nº 008/17.
Que lo actuado debe ser raticado mediante a nivel ministerial, previo a la
rendición de cuentas.
Que no existe objeción técnica a lo actuado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto en los Artículos
63 de la Ley N° 9086 y 1° de la Resolución Ministerial N° 341/09, lo infor-
mado por la Dirección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 11 y de
acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este
Ministerio al Nº 695/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º RATIFICAR la ampliación transitoria por PESOS OCHO MI-
LLONES ($ 8.000.000.-) del Fondo Permanente “C” –SECRETARÍA DE
PROMOCIÓN DEL EMPLEO- de la Secretaría de Equidad y Promoción
del Empleo autorizada mediante Memorandum Nº 008/17 de la Secretaría
de Administración Financiera, el que como Anexo I con una (1) foja útil
forma parte integrante de la presente Resolución y materializada mediante
Documento Único de Ejecución de Erogaciones N° 3 – Intervención N° 20
– Ejercicio 2017, emitido por el Servicio Administrativo de la Secretaría de
Equidad y Promoción del Empleo el que como Anexo II con una (1) foja útil
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de
la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección General
de Tesorería y Crédito Público y al Servicio Administrativo de la Secretaría
de Equidad y Promoción del Empleo, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/HR7Tix
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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