Resolución N° 374 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2105
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 208 CÓRDOBA, 29 de Octubre de 20152
de Noviembre de 2014 por la Entidad Civil denominada “CLUS-
TER TECNOLOGICO CORDOBA-ASOCIACION CIVIL SIN
FINES DE LUCRO”,CUIT N°30-70782266-6, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió
la Reforma General del Estatuto Social, en procura de mejorar el
funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts 148 inc.
a) 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma General del Estatuto So-
cial, sancionada en Asamblea General Extraordinaria de fecha
28 de Noviembre de 2014 de la entidad civil “CLUSTER
TECNOLOGICO CORDOBA-ASOCIACION CIVIL SIN FINES
DE LUCRO” CUIT N° 30-70782266-6, con asiento en la Ciudad
de Córdoba, Provincia de Córdoba
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 071”A”/02 del 21 de Marzo de
2002.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Asociaciones
Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente
y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 374 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119175/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION GIACOMO LO BUE”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
d), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION GIACOMO LO BUE”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 375 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117552/2015, mediante el
cual la Entidad Civil denominada “CENTRO EDUCATIVO VILLA
BELGRANO”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto,
dispuesta en Asamblea General Ordinaria con fecha 25 de
Febrero de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman
cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales
con relación a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con
fecha 25 de Febrero de 2015 por la Entidad Civil denominada
“CENTRO EDUCATIVO VILLA BELGRANO”, CUIT N° 30-
51789695-7, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto,
modificando el art. 38, en procura de mejorar el funcionamiento
de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-148, inc
d),168, 174 y concordantes del Código Civil, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley
Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
sancionada en Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha
25 de Febrero de 2015, modificando el art N°.38 de la Entidad
Civil denominada “CENTRO EDUCATIVO VILLA BELGRANO”,
CUIT N° 30-51789695-7, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Decreto N° 9434 “A” del 27 de Noviembre de
1968.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 376 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119908/2015 mediante el
cual la Entidad Civil denominada “FUNDACION YAHWEH-JIREH
DIOS PROVEERA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
d), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION YAHWEH-JIREH DIOS
PROVEERA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 377 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0528-003178/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “CAMARA DE ASCENSORISTAS
Y AFINES DE RIO CUARTO”, con asiento en la Ciudad de Río
Cuarto, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar
como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
b), 168, 169 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “CAMARA DE ASCENSORISTAS Y AFINES DE
RIO CUARTO”, con asiento en la Ciudad de Río Cuarto, Provincia
de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 378 - Letra:A
Córdoba, 21 de Septiembre 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119402/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION PARA EL
PROGRESO DEL HOSPITAL DE URGENCIAS”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
a), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
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